Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 222.75 Kb.
BOC-A-2018-037-779.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. Miguel Losarcos Gutiérrez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de noviembre de 2017 el Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de esta ciudad D. José Ramón García Aragón, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal seguidos en este Juzgado con nº 622/2016 interpuesto por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Dña. Hannelore Edith Van Detten Schulz y contra los desconocimientos e ignorados herederos de D. Rolf Werner Schulz en rebeldía procesal en el que constan los siguientes
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Dña. Hannelore Edith Van Detten Schulz y contra los desconocimientos e ignorados herederos de D. Rolf Werner Schulz en rebeldía procesal de tal forma que debo condenar y condeno a solidariamente a Dña. Hannelore Edith Van Detten Schulz y contra los desconocimientos e ignorados herederos de D. Rolf Werner Schulz al pago al CCS de la cantidad de 978,21 euros, así como los intereses en la forma establecida en el Fundamento Jurídico Cuarto y la condena en costas en la forma prevista en el Fundamento Jurídico Quinto.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Hannelore Edith Van Detten Schulz y herencia yacente o herederos desconocidos de D. Rolf Werner Schulz, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de noviembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias