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BOC-A-2018-031-646.
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Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 10 de noviembre de 2017.
Vistos por el Iltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal nº 374/2017, instados por Comunidad de Propietarios Edificio Fayal contra Dña. María Inmaculada Pérez Domínguez. El objeto del proceso lo constituye la pretensión de reclamación de cantidad por cuotas impagadas de régimen de propiedad horizontal.
Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Dña. María José Arroyo Arroyo en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Fayal contra Dña. María Inmaculada Pérez Domínguez y condeno a la demandada a satisfacer al actor las cantidades adeudadas, y al pago de las costas procesales, incluyendo horarios de letrado y derechos de procurador.
El importe objeto de condena devengará el interés procesal del artículo 576 LEC desde la fecha de esta sentencia y hasta el completo pago del importe objeto de condena.
La presente sentencia, que se notificará a las partes es firme y contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno.
Así, por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en primera y única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. María Inmaculada Pérez Domínguez, expido y libro el presente en Arona, a 14 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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