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BOC Nº 22. Miércoles 31 de Enero de 2018 - 452

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

452 Secretaría General Técnica.- Resolución de 24 de enero de 2018, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre el Instituto Canario de Igualdad y el Cabildo Insular de La Palma para el desarrollo del Sistema Social de Prevención y Protección Integral de las víctimas de la violencia de género en la isla de La Palma.

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Con fecha 27 de diciembre de 2017 se suscribió la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre el Instituto Canario de Igualdad y el Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el desarrollo del Sistema Social de Prevención y Protección Integral de las víctimas de la violencia de género en la isla de La Palma.

Considerando lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, así como en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación de la mencionada Adenda que figura como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de enero de 2018.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.

ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2016 ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE IGUALDAD Y EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA SOCIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ISLA DE LA PALMA.

Canarias, a 27 de diciembre de 2017.

SE REÚNEN

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Miguel Barragán Cabrera, en calidad de Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, en virtud del Decreto 3/2017, de 4 de enero, del Presidente (BOC nº 4, jueves 5 de enero de 2017-66), titular del departamento con competencia en el área material de igualdad entre mujeres y hombres en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, y el artículo 1.21) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, departamento al que está adscrito el organismo autónomo Instituto Canario de Igualdad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.7 del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias y el artículo 4 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad y la Ilma. Sra. Claudina Morales Rodríguez, Directora del Instituto Canario de Igualdad, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 82/2017, de 30 de enero (BOC nº 21, de 31 de enero de 2017), que comparece en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 8.2.a) y h) de la Ley 1/1994, de 13 de enero.

De otra parte, Sr. D. Anselmo Francisco Pestana Padrón, Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, actuando en nombre y representación de dicha Corporación Insular en virtud de lo dispuesto en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y autorizado para este otorgamiento, por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Excmo. Cabildo Insular de La Palma; en virtud de lo dispuesto en el artículo 125.2 de la Ley Territorial 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.

Ambas partes, en la condición con que comparecen, se reconocen mutua y recíprocamente, con la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda, y a tal efecto,

EXPONEN

I.- Con fecha 30 de diciembre de 2016, fue firmado un Convenio por parte del titular de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad y el Sr. D. Anselmo Francisco Pestana Padrón, en su condición de Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, al objeto de establecer los términos y condiciones de colaboración para el mantenimiento y consolidación del Sistema Social para la Prevención y Protección Integral de las víctimas de la violencia de género en la Isla de La Palma y con una vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, donde se incluye como anexo la Red Insular de Servicios, Centros y Programas de Atención a las Víctimas de Violencia de Género que se expone como anexo en esta Adenda, el cual no sufre ninguna modificación.

II.- La cláusula séptima del mencionado Convenio prevé que el mismo puede prorrogarse anualmente mediante acuerdo expreso de las partes, condicionado a la disponibilidad presupuestaria y siempre que se presente en comisión paritaria la programación de actividades para el siguiente año con, al menos, dos meses de antelación. En dicha cláusula se prevé también que en caso de que las partes firmantes, de mutuo acuerdo, introdujeran alguna modificación particular al contenido del Convenio, se suscribirá la correspondiente Adenda al mismo.

III.- En fecha 23 de noviembre de 2017, se notifica al Instituto Canario de Igualdad la Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de fecha 14 de noviembre de 2017, por la que se concede una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, por importe de 2.000.000,00 de euros, para el desarrollo de un Plan de violencia de género en la Comunidad Autónoma Canaria estableciéndose en el mismo, entre otras, las siguientes líneas de actuación:

1. Realización de actuaciones encaminadas al autocuidado así como a la formación, actualización, reciclaje y especialización del personal integrante de la Red canaria para la asistencia social integral, con especial incidencia en la prestación de atención especializada a los siguientes colectivos:

a) Menores víctimas de violencia de género.

b) Mujeres víctimas de violencia sexual.

c) Mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual.

d) Mujeres víctimas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables como los siguientes: diversidad funcional, drogodependencias, problemáticas de salud mental, personas mayores.

2. Refuerzo del personal de la Red de recursos y servicios contra la violencia de género para la prestación de servicios especializados en atención a menores víctimas de violencia de género, mujeres víctimas de violencia sexual y mujeres pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables (diversidad funcional, drogodependencias, salud mental y mayores).

3. Refuerzo del personal de la Red de recursos y servicios contra la violencia de género para la prestación de servicios especializados en inserción sociolaboral a mujeres víctimas de violencia de género.

4. Apoyo y financiación de proyectos relacionados con la inserción social y laboral de las mujeres víctimas de violencia de género, desarrollados por los Cabildos Insulares en virtud del Convenio de Colaboración entre estos y el Instituto Canario de Igualdad en materia de violencia de género o por entidades sin fines de lucro declaradas de interés social.

5. Establecer protocolos de coordinación para ofrecer una respuesta eficaz a las situaciones de violencia de género que sufren las mujeres pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables, en colaboración con las organizaciones sociales especializadas, como son las mujeres con diversidad funcional, drogodependientes, con problemática de salud mental y mujeres mayores.

6. Fomento y puesta en marcha de campañas de sensibilización en contra de la Violencia de Género en Canarias bien de forma directa bien colaborando con los Cabildos Insulares en virtud del Convenio de Colaboración entre estos y el Instituto Canario de Igualdad.

IV.- El Instituto Canario de Igualdad y el Cabildo han expresado su voluntad de modificar y prorrogar el Convenio. Asimismo, el Cabildo presentó la programación prevista para 2018, que fue aprobada por la Comisión Paritaria celebrada el día 24 de octubre de 2017.

V.- Partiendo de la necesidad de reforzar la red pública de servicios y centros para la atención a mujeres víctimas de violencia de género en Canarias, bajo los principios de transversalidad, eficacia, calidad, corresponsabilidad, coordinación, descentralización y homogeneidad, el Instituto Canario de Igualdad y los Cabildos Insulares han venido colaborando, mediante la formalización de Convenios, para la creación de la Red Canaria de Servicios de Atención, Información, Asesoramiento y Centros Alojativos Temporales para mujeres víctimas de violencia de género (periodo 2002-2006), el desarrollo del Sistema Social de Prevención y Protección de las Mujeres frente a situaciones de Violencia de Género (periodo 2007-2010) y con la finalidad de consolidación de la antedicha estructura se le da continuidad mediante la firma de Convenios de Colaboración de carácter anual entre el Cabildo Insular de La Palma y el Instituto Canario de Igualdad entre 2011 y 2017.

V.- La presente Adenda está excluida de la aplicación de la normativa sobre contratos del sector público en virtud del artº. 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Tampoco es de aplicación la normativa sobre subvenciones, en virtud del artº. 2.3.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ya que teniendo en cuenta que las actividades que se van a financiar a través del presente Convenio son actividades de realización obligatoria por el Cabildo beneficiario, estamos ante una aportación dineraria y no ante una subvención.

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en la cláusula séptima del mencionado Convenio, ambas partes

ACUERDAN

Primero.- Prorrogar el Convenio formalizado el 30 de diciembre de 2016 entre el Instituto Canario de Igualdad y el Excmo. Cabildo Insular de La Palma para el desarrollo del Sistema Social de Prevención y Protección Integral de las Víctimas de la Violencia de Género en la Isla de La Palma, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

Segundo.- Establecer que las actuaciones previstas en el Convenio serán financiadas, durante el plazo de vigencia pactado, entre la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Instituto Canario de Igualdad, y el Cabildo Insular de La Palma, por un total de 510.522,16 euros, de los cuales, 255.261,08 euros serán aportados por el Instituto Canario de Igualdad y 255.261,08 euros por el Cabildo Insular de La Palma.

A tal efecto, en el Proyecto de Ley de Presupuestos del Instituto Canario de Igualdad para el ejercicio 2018 figura la partida presupuestaria "4801 232B 460.00 Proyecto 234A4502 Red Canaria de Servicios y Centros para la atención a situaciones de violencia de género", dotada de 5.110.317,00 euros.

Tercero.- Mediante esta Adenda se autoriza una aportación dineraria por importe de 255.261,08 euros, a favor del Cabildo Insular, la cual se hará efectiva en cuatro libramientos, mediante resolución de la Directora del Instituto Canario de Igualdad, según se detalla a continuación:

Ver anexo en la página 2980 del documento Descargar

En todo caso, los libramientos se efectuarán a partir de la formalización de la presente Adenda.

Asimismo, el Cabildo Insular de La Palma hará efectiva su participación en la financiación convenida con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes: 230.131.02 "Retribuciones Personal Laboral Mujer"; 230.120.00 "Sueldo Grupo A1"; 230.120.04 "Sueldo Grupo C2"; 230.120.06 "Trienios"; 230.121.00 "Complemento Destino"; 230.121.01 "Complemento Específico"; 230.121.03 "Otros Complementos"; 230.130.00 "Retri.

Cuarto.- La justificación documental del destino y los importes de las acciones que se realicen al amparo de la aportación dineraria prevista en el apartado tercero, se efectuará dentro de los dos primeros meses del año 2019, conforme a los modelos y condiciones previstas en el Convenio que se prorroga, los cuales fueron aprobados en Comisión Paritaria.

Quinto.- Ampliar la aportación del Instituto Canario de Igualdad prevista en el Convenio formalizado el 30 de diciembre de 2016 a favor del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, por un total de 54.680,43 euros.

El incremento de la aportación dineraria citado irá destinado al desarrollo de las siguientes líneas de actuación:

1. Realización de actuaciones encaminadas al autocuidado así como a la formación, actualización, reciclaje y especialización del personal integrante de la Red canaria para la asistencia social integral, con especial incidencia en la prestación de atención especializada a los siguientes colectivos:

a) Menores víctimas de violencia de género.

b) Mujeres víctimas de violencia sexual.

c) Mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual.

d) Mujeres víctimas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables como los siguientes: diversidad funcional, drogodependencias, problemáticas de salud mental, personas mayores.

2. Refuerzo del personal de la Red de recursos y servicios contra la violencia de género para la prestación de servicios especializados en atención a menores víctimas de violencia de género, mujeres víctimas de violencia sexual y mujeres pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables (diversidad funcional, drogodependencias, salud mental y mayores).

3. Refuerzo del personal de la Red de recursos y servicios contra la violencia de género para la prestación de servicios especializados en inserción sociolaboral a mujeres víctimas de violencia de género.

4. Apoyo y financiación de proyectos relacionados con la inserción social y laboral de las mujeres víctimas de violencia de género, desarrollados por los Cabildos Insulares en virtud del Convenio de Colaboración entre estos y el Instituto Canario de Igualdad en materia de violencia de género o por entidades sin fines de lucro declaradas de interés social.

5. Establecer protocolos de coordinación para ofrecer una respuesta eficaz a las situaciones de violencia de género que sufren las mujeres pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables, en colaboración con las organizaciones sociales especializadas, como son las mujeres con diversidad funcional, drogodependientes, con problemática de salud mental y mujeres mayores.

6. Fomento y puesta en marcha de campañas de sensibilización en contra de la Violencia de Género en Canarias bien de forma directa bien colaborando con los Cabildos Insulares en virtud del Convenio de Colaboración entre estos y el Instituto Canario de Igualdad.

Los proyectos concretos encaminados al desarrollo de las anteriores líneas de actuación serán los aprobados en comisión paritaria celebrada al efecto.

Sexto.- A tal efecto, en los Presupuestos del Instituto Canario de Igualdad para el ejercicio 2017 figura la partida presupuestaria "4801 232B 460.00 Proyecto 234A4502 Red Canaria de Servicios y Centros para la atención a situaciones de violencia de género", incrementada en un importe de 1.094.700,00 euros proveniente de la subvención del Estado citada en el expositivo tercero de la presente Adenda.

En su virtud, mediante esta Adenda se acuerda el abono anticipado total de una aportación dineraria por importe de 54.680,43 euros, a favor del Cabildo Insular, la cual se hará efectiva en el plazo máximo de 15 días desde la firma de la presente Adenda, mediante resolución de la Directora del Instituto Canario de Igualdad.

Séptimo.- La aportación dineraria descrita en el apartado quinto se regirá por las siguientes condiciones:

1. El Excmo. Cabildo Insular de La Palma se obliga a hacer constar en toda la documentación generada, así como en la publicidad y difusión que se realice a través de cualquier medio, ya sea impreso, gráfico, audiovisual u otros, que se trata de una actividad financiada por el Instituto Canario de Igualdad. Asimismo, en cualquier material impreso que se elabore se estampará el anagrama del Gobierno de Canarias, en las condiciones y con las características técnicas previstas en el Decreto 184/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno de Canarias, en la Orden de 27 de julio de 2006, por la que se desarrolla el procedimiento para las exclusiones y autorizaciones de utilización de los elementos gráficos definidos en el manual de identidad Corporativa Gráfica y en la Orden de 8 de marzo de 2010, por la que se aprueba la actualización del Manual de Identidad Corporativa Gráfica.

Asimismo, el Excmo. Cabildo Insular de La Palma se compromete a que toda la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto de la aportación dineraria descrita en el apartado quinto, en los que se refiere a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, deberán incluir su logotipo teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y además se estará a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

2. La cantidad prevista en el apartado quinto de la presente Adenda se aplicará a la ejecución y desarrollo de las actuaciones previstas en dicha cláusula, y se podrán justificar los gastos realizados desde el 1 de enero de 2017 hasta el 30 de junio de 2018.

3. El Cabildo se compromete a facilitar información sobre el contenido, características y justificación de las actuaciones, sin perjuicio de las funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento, al Instituto Canario de Igualdad. A este se le facilitará, antes del 15 de julio de 2018, una cuenta justificativa que incluirá una memoria técnica de las actuaciones realizadas y Certificación expedida por el órgano de la Corporación Local que tenga atribuidas las funciones de fiscalización o control de los fondos acreditativa de que se han empleado los fondos públicos recibidos en la ejecución de las acciones que se realicen al amparo del Convenio de Colaboración; de la efectiva realización de las mismas y de su coste total.

4. No obstante lo anterior, en el supuesto de que se amplíe por la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad el plazo para ejecutar las acciones objeto de la subvención concedida al Instituto Canario de Igualdad, el plazo de desarrollo de las actuaciones previstas en el apartado quinto se extendería hasta 31 de diciembre de 2018, venciendo, en este caso, el plazo de justificación previsto en el apartado anterior, el 15 de enero de 2019.

5. Procederá el reintegro de la cantidad percibida cuando concurra alguno de los supuestos enumerados en el artículo 37 de la LGS y sin perjuicio de los supuestos de reintegro que se indican a continuación: en el supuesto de que el Cabildo Insular no justifique satisfactoriamente el importe total de la aportación recibida, la justificación deberá incluir la carta de pago de reintegro de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

Octavo.- Que las demás cláusulas del Convenio, en tanto no queden afectadas por esta Adenda, permanecen invariables.

Y, en prueba de conformidad, y para que así conste y surta los efectos oportunos, se firma la presente Adenda al Convenio de Colaboración suscrito el día 30 de diciembre de 2016, por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha ut supra.- Por la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, José Miguel Barragán Cabrera.- Por el Cabildo Insular de La Palma, Anselmo Francisco Pestana Padrón.- Por el Instituto Canario de Igualdad, Claudina Morales Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 2984-2985 del documento Descargar

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