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BOC Nº 17. Miércoles 24 de Enero de 2018 - 333

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

333 Dirección General de Trabajo.- Resolución de 18 de diciembre de 2017, por la que se dispone la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Galarza Atlántico, Galaco, S.A.

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BOC-A-2018-017-333. Firma electrónica - Descargar

Visto el texto del acuerdo de la Revisión Salarial para el ejercicio 2016 del Convenio Colectivo de la empresa Galarza Atlántico, Galaco, S.A., suscrito por la Comisión Negociadora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por el Decreto 124/2016, de 19 de septiembre (BOC nº 188, de 27.9.16), esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Dirección General de Trabajo.

Segundo.- Disponer el depósito del texto original.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2017.- El Director General de Trabajo, José Miguel González Hernández.

ACTA DE REUNIÓN

COMITÉ DE EMPRESA REGIONAL-DIRECCIÓN DE EMPRESA GALARZA ATLÁNTICO, GALACO, S.A.

En Las Palmas de Gran Canaria, a trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), se reúnen en el domicilio social, sito en la Urbanización Industrial "Lomo Blanco" (Las Torres), previa convocatoria realizada por la Dirección de la Empresa, una Comisión Regional de Representantes de todos los Trabajadores y los Representantes de la Dirección de la Empresa, con la asistencia, algunos presentes y otros mediante comunicación telemática o telefónica, de las personas siguientes:

Por parte de los Trabajadores:

Centro de Trabajo "Las Torres".

D. Jorge Cerpa Santana.

D. Juan Sabino Suárez García.

D. Gabriel Salas Campillo.

Centro de Trabajo "Arinaga".

D. Gregorio Pérez Segura.

D. Jaime Suárez Bethencourt.

D. José A. Socas Hernández.

D. Cristóbal Betancor del Rosario.

Centro de Trabajo "Güímar" (Tenerife).

D. Juan Ramón Díaz González.

Dña. María Teresa Fabelo Rodríguez.

D. Julio González Gil.

D. Juan Benjumea Martín.

Centro de Trabajo "Puerto Naos" (Arrecife de Lanzarote).

Dña. María Soledad Hernández Cabrera.

Centro de Trabajo "Risco Prieto" (Puerto del Rosario-Fuerteventura).

Dña. Begoña Felipe Guerra.

Centro de Trabajo "Breña Alta" (La Palma).

D. Andrés Hernández Hernández.

Por parte de la Dirección de la Empresa:

Dña. Ángeles Jiménez (Asesora Laboral).

Dña. Araceli Cabeza Alonso (Departamento de Personal).

Y, D. Néstor Romero Hernández (Departamento Jurídico).

A continuación, ambas partes, de común acuerdo, configuran los puntos que integrarán el Orden del Día siguiente:

1º.- Revisión salarial para el ejercicio 2016.

2º.- Redacción, lectura y aprobación del Acta.

Y, seguidamente, después del correspondiente debate de los citados puntos del orden del día, se adoptan por unanimidad de quienes suscriben la presente, los siguientes:

ACUERDOS

1º.- Revisión salarial para el ejercicio 2016:

Aprobar una subida salarial del uno por ciento (1%) para el presente ejercicio 2016, aplicable sobre el salario base-tabla salarial vigente del Convenio de la Empresa, tal y como se detalla en la Tabla Salarial que, como anexo, se adjunta y con efecto retroactivo al uno de enero de dos mil dieciséis (2016).

Asimismo, de forma complementaria, se conviene realizar una subida económica, vía plus de sueldo, hasta alcanzar el dos por ciento (2%) de dicho salario base-tabla de Convenio de la Empresa, en aquellas personas que su salario anual, integrando todas las percepciones salariales, sea menor a los 14.600 euros; y, del tres por ciento (3%), en la misma forma, en aquellas personas que tengan dichos salarios anuales inferiores a 13.000 euros.

Dicha subida se llevará a efecto, tan pronto se suscriba y ratifique dicha aprobación, de forma sucesiva, por parte de los Representantes de los Trabajadores de la Empresa; y, previsiblemente, se aplicará en la próxima nómina del mes de diciembre del presente año.

2º.- Redacción, lectura y aprobación del Acta.

De común acuerdo, después de redactarse, circularizarse y conciliarse su contenido entre todos se aprueba la presente Acta que de la reunión se extiende y que, finalmente, en prueba de conformidad, en un solo efecto, es firmada sucesivamente por los mismos.

Y, no habiendo nada más que tratar, se da por concluida la reunión, suscribiendo la presente, en el lugar y fecha al principio indicados.

Ver anexo en las páginas 2292-2292 del documento Descargar

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