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BOC Nº 13. Jueves 18 de Enero de 2018 - 257

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

257 EDICTO de 21 de diciembre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000389/2017.

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BOC-A-2018-013-257. Firma electrónica - Descargar

Dña. Cristina Maldonado Concepción, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a diecinueve de julio de dos mil diecisiete.

Vistos por Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal registrados con el nº 389/17, promovidos por la Procuradora Sra. Oramas Reyes, en nombre y representación de Doopies and Coffee, S.L., bajo la dirección técnica del Letrado Sr. Martínez Alcalá, contra Dña. Raquel Estefanía Pinto Alvarado, declarada en situación de rebeldía procesal, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, con base en los siguientes

FALLO

1º) Se estima sustancialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Doopies and Coffee, S.L., frente a Dña. Raquel Estefanía Pinto Alvarado.

2º) Se condena a la demandada a abonar a la actora la suma de 4.913 -cuatro mil novecientos trece- euros, más el interés legal de dicha suma desde el día 31 de enero de 2017.

3º) Las costas procesales se imponen a la demandada.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, que deberá presentarse por escrito ante este Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, y exigirá la constitución de un depósito, mediante ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado, por importe de cincuenta euros.

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, en el día de su fecha, hallándose S.Sª. celebrando audiencia pública con mi asistencia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Raquel Estefanía Pinto Alvarado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 21 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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