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BOC Nº 3. Jueves 4 de Enero de 2018 - 76

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

76 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 19 de diciembre de 2017, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 13 de diciembre de 2017, que toma conocimiento de la Sentencia firme de 10 de abril de 2017, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 76/2014.

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BOC-A-2018-003-76. Firma electrónica - Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 13 de diciembre de 2017, por el que se toma conocimiento de la Sentencia firme de fecha 10 de abril de 2017, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 76/2014, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembre de 2017.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el 13 de diciembre de 2017, acordó, por unanimidad de los vocales presentes con derecho a voto, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia firme de 10 de abril de 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo nº 76/2014 interpuesto por Federación de Empresarios Hostelería y Turismo de Las Palmas contra el Acuerdo de la COTMAC de 28 y 30 de noviembre de 2011, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular de la isla de Gran Canaria; del que anula los siguientes artículos 50-38-37 y 49 desestimándolo en el resto, sin imposición de las costas.

Segundo.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Territorial a efectos de que se identifiquen en el ejemplar del Plan que obra en la Consejería los documentos afectados por el fallo, a fin de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias y al Cabildo de Gran Canaria.

Asimismo para su conocimiento dar traslado al Servicio Jurídico Administrativo de Planeamiento Territorial GC.

Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio, en vigor de acuerdo con la Disposición transitoria 22ª de Ley 4/2017, de 13 de julio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.

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