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BOC Nº 2. Miércoles 3 de Enero de 2018 - 50

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Santa Cruz de Tenerife

50 EDICTO de 10 de julio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000201/2017.

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BOC-A-2018-002-50. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Ana Isabel Torres Chico, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá. cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2017.

Vistos por Dña. Juana María Hernández Hernández Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Diez de los de este Partido, los presentes autos de juicio verbal de desahucio precario seguidos bajo el nº 201/2017 promovidos, como demandante, Buildingcenter, S.A.U. representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez bajo la dirección letrada de Dña. Maryelin Méndez Hernández contra D. Agustín Rodríguez Cuena e ignorados ocupantes de la vivienda que versan sobre desahucio por precario.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda deducida a instancias de Buildingcenter, S.A.U. representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez bajo la dirección letrada de Dña. Maryelin Méndez Hernández contra D. Agustín Rodríguez Cuena y los ignorados ocupantes de la vivienda y, en consecuencia se condena a los demandados a desalojar la vivienda sita en Carretera General del Tablero, nº 42, planta Baja, Puerta 3. El Tablero, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, inscrita en el registro de la propiedad del Rosario, Tomo 2.532, Libro 680; Folio 147; Inscripción 5ª, Finca nº 54.820. Y dejarla a disposición del demandante, con la prevención de que de no hacerlo se procederá al lanzamiento. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación a presentar por escrito en este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha estando celebrando audiencia pública por la Sra. Magistrado-Juez que la dictó y firma, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Agustín Rodríguez Cuena e ignorados ocupantes, haciéndoles saber que la documentación se encuentra a su disposición en sede de este Juzgado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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