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BOC Nº 248. Jueves 28 de Diciembre de 2017 - 6201

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

6201 Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 15 de diciembre de 2017, por la que se da cumplimiento a la Sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento abreviado nº 216/2006, interpuesto por D. Jesús María Vega González.

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BOC-A-2017-248-6201. Firma electrónica - Descargar

Visto el contenido del fallo de la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento abreviado nº 216/2006, interpuesto por D. Jesús María Vega González, contra la Resolución nº 1065/2005, de 19 de diciembre, por la que se resuelve el concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En su parte dispositiva, el fallo judicial literalmente expresa:

"Estimar parcialmente el recurso interpuesto con los siguientes pronunciamientos:

1º) anular la actuación administrativa impugnada;

2º) reconocer al actor el derecho a que se haga una nueva valoración de la formación específica del puesto de laboratorio conforme al fundamento segundo;

3º) reconocer al actor el derecho a que la Comisión de Valoración motive la puntuación otorgada al codemandado por publicaciones y actividades docentes;"

Segundo.- Una vez realizadas las actuaciones por parte de la Comisión de Valoración, se debe dictar una nueva resolución que sustituya a la Resolución de esta Dirección General nº 1065/2005, de 19 de diciembre, por la que se resuelve el concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife, dado que ha sido judicialmente anulada.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa dispone en su artículo 103.2, "Las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen".

Esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 90 del Decreto 382/2015, de 25 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, y teniendo en cuenta los hechos y consideraciones jurídicas anteriormente alegados,

R E S U E L V E:

Primero.- Dar cumplimiento a la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canaria, por la que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Jesús María Vega González, contra la Resolución nº 1065/2005, de 19 de diciembre, por la que se resuelve el concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife.

Segundo.- Modificar el Anexo I de la Resolución de esta Dirección General de 19 de diciembre de 2005, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife convocado mediante Resolución de 7 de abril de 2005 de esta Dirección General, en los siguientes términos:

- Asignar a D. Jesús María Vega González, un total de 75,27 puntos.

- Asignar a D. José María García-Valdecasas Huelín, un total de 72,2 puntos.

En consecuencia a lo anterior, adjudicar la plaza nº 0818ML0009 de Jefe de Servicio de Laboratorio Forense del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife a D. Jesús María Vega González.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114.1.g) y 123 de la actual Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación ante el Juzgado en que tenga su sede el órgano autor del acto originario o el del lugar del domicilio del recurrente, a elección de este último, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2017.- El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Cesáreo Rodríguez Santos.

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