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BOC Nº 243. Miércoles 20 de Diciembre de 2017 - 6017

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación y Universidades

6017 ORDEN de 12 de diciembre de 2017, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional en representación de Comisiones Obreras de Canarias.

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Examinada la propuesta relativa al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional, en representación de Comisiones Obreras de Canarias, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En la actualidad corresponde la Presidencia del Consejo Canario de Formación Profesional a la Consejera de Educación y Universidades, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 143/2008, de 1 de julio, por el que se establece el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Canario de Formación Profesional (BOC nº 136, de 8 de julio).

Segundo.- De conformidad con el artículo 5.1 de la citada normativa el Consejo estará formado por veinte vocales de los cuales seis lo son en representación de las Organizaciones Sindicales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- La Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo Canario de Formación Profesional (BOC nº 232, de 1 de diciembre), establece la composición actual del Consejo Canario de Formación Profesional, figurando como vocales nombrados a propuesta de Comisiones Obreras (CCOO):

Titulares:

- D. José Emilio Martín Acosta.

- Dña. María del Carmen Marrero Falcón.

- D. José Ramón Barroso Arteaga.

Suplentes:

- D. José Marrero Castro.

- D. Enrique Borrell Padrón.

Cuarto.- Mediante documento expedido por la Secretaría de Actas de Comisiones Obreras de Canarias con fecha de 20 de noviembre de 2017, se comunica a este Departamento la modificación de los representantes de Comisiones Obreras de Canarias en el Consejo Canario de Formación Profesional de acuerdo con lo siguiente:

Cese:

Vocal titular: D. José Ramón Barroso Arteaga.

Vocal suplente: D. Enrique Borrell Padrón.

Nombramiento:

Vocal titular: D. Enrique Borrell Padrón.

Vocal suplente: D. José Ramón Barroso Arteaga.

Vocal suplente: D. Gregorio Fernando Hernández Pérez.

Teniendo en cuenta los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 143/2008, de 1 de julio, por el que se establece el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Canario de Formación Profesional (BOC nº 136, de 8 de julio), en su artículo 3.1, dispone que "La presidencia corresponderá al/a la Consejero/a competente en materia de educación o al/a la Consejero/a competente en materia de empleo, quienes la desempeñarán alternativamente por periodos anuales".

Segundo.- Conforme dispone el artículo 3.2.b) del citado Decreto 143/2008, "Corresponde a la Presidencia del Consejo, nombrar a los vocales titulares y suplentes, y al secretario y secretario suplente" El artículo 5.3 del mismo texto legal establece que "Los vocales del Consejo y sus suplentes serán nombrados y cesados por el/la Consejero/a que ostenta la presidencia del Consejo, a propuesta de los respectivos Departamentos de la Administración autonómica, de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como del Consejo Escolar de Canarias".

Tercero.- La naturaleza de los asuntos que se abordan en el ámbito del Consejo Canario de Formación Profesional, la trascendencia que pueden tener entre amplios sectores de la población, y la diversidad de intereses representados por los miembros del mismo constituyen razones de interés público que determinan la conveniencia de la publicación de la presente orden, al amparo del artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), y de los artículos 13.3 y 18.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9 de enero de 2015).

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en el artº. 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y por el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19 de octubre), el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10 de julio) y el Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 142, de 23 de julio),

R E S U E L V O:

Primero.- Cesar como vocales titulares y suplentes en el Consejo Canario de Formación Profesional a las siguientes personas:

A propuesta de Comisiones Obreras (CCOO):

Vocal titular: D. José Ramón Barroso Arteaga.

Vocal suplente: D. Enrique Borrell Padrón.

Segundo.- Nombrar como vocales titulares y suplentes en el Consejo Canario de Formación Profesional a las siguientes personas:

A propuesta de Comisiones Obreras (CCOO):

Vocal titular: D. Enrique Borrell Padrón.

Vocal suplente: D. José Ramón Barroso Arteaga.

Vocal suplente: D. Gregorio Fernando Hernández Pérez.

Tercero.- Una vez realizados los nombramientos, la composición de los vocales del Consejo Canario de Formación Profesional queda como sigue:

A propuesta de la Consejería competente en materia de educación:

Titulares:

- El/la Viceconsejero/a de Educación y Universidades.

- El/la Director/a General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

- El/la Director/a General de Universidades.

Suplentes:

- El/la Responsable del Servicio de Escolarización y Estadística.

- El/la Técnico/a de Ordenación y Normativa Académica.

- El/la Director/a General de Personal.

A propuesta de la Consejería competente en materia de empleo:

Titulares:

- El/la Director/a del Servicio Canario de Empleo.

- El/la Subdirector/a de Formación del Servicio Canario de Empleo.

Suplentes:

- El/la Secretario/a General del Servicio Canario de Empleo.

- El/la Director/a del Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales.

A propuesta de la Consejería competente en materia de agricultura:

Titular:

- El/la Jefe/a del Servicio de Capacitación Agraria.

Suplente:

- El/la Director/a del Instituto de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Lanzarote.

Vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma:

A propuesta de la Unión General de Trabajadores (UGT):

Titulares:

- D. José Juan Suárez Bautista.

- D. Jerónimo Luis Álvarez Santos.

- D. José Francisco González Carrillo.

Suplentes:

- D. Ángel Antonio Adán Peñalosa.

- D. Francisco Javier Afonso Palmero.

- D. Manuel Bueno Albújar.

A propuesta de Comisiones Obreras (CCOO):

Titulares:

- D. José Emilio Martín Acosta.

- Dña. María del Carmen Marrero Falcón.

- D. Enrique Borrell Padrón.

Suplentes:

- D. José Ramón Barroso Arteaga.

- D. Gregorio Fernando Hernández Pérez.

Vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma:

A propuesta de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-Tenerife):

Titulares:

- D. Eduardo Bezares Carretero.

- Dña. Eulalia García Silva.

- D. Airam Rodríguez Rodríguez.

Suplentes:

- Dña. Eugenia Soriano Iturralde.

- D. Víctor Portugués Carrillo.

- D. José González González.

A propuesta de la Confederación Canaria de Empresarios (CCE):

Titulares:

- D. José Domingo Martín Espino.

- D. Pedro Samuel Ortega Hernández.

- D. José Antonio Newport Machín.

Suplentes:

- D. Juan Carlos Betancor García.

- Dña. Montserrat Villalba Ruiz.

- D. Javier Betancor Jorge.

- Vocales en representación del Consejo Escolar de Canarias:

Titulares:

- D. Ramón Aciego de Mendoza Lugo.

- D. Antonio Hernández Hernández.

Suplentes:

- D. Javier Concepción Soria.

- D. Miguel Ángel Ruiz Fuentes.

Secretario/a Titular: el/la Responsable del Servicio de Formación Profesional.

Secretario/a Suplente: el/la Jefe/a de Sección de Régimen Interior y Relaciones Institucionales del Servicio Canario de Empleo.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de diciembre de 2017.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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