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BOC Nº 242. Martes 19 de Diciembre de 2017 - 6000

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife

6000 EDICTO de 9 de junio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000605/2015.

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BOC-A-2017-242-6000. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Rebeca Castrillo Santamaría, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

La Sra. Dña. Aurora María Vela Morales, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal 605/2015 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Flick Comercial y Maquinaria, S.L. representado por el procurador de los tribunales Sr./a. Franchy Lang-Lenton y asistido de letrado Sr./a. González González y de otra como demandado Moviauto Lanzarote, S.L. declarado en situación procesal de rebeldía, sobre juicio verbal, y,

Que estimando íntegramente la demanda presentada a instancia Flick Comercial y Maquinaria, S.L. debo condenar y condeno al demandado Moviauto Lanzarote, S.L., al pago a la actora de la cantidad de 1.934,38 euros y los intereses legales desde la interpelación judicial y del artº. 576 de la LEC desde la presente Sentencia, y con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Moviauto Lanzarote, S.L., expido y libro el presente en Arrecife, a 9 de junio de 2016.- El/la Letrado/a de Administración de Justicia.

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