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BOC Nº 228. Lunes 27 de Noviembre de 2017 - 5616

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de San Sebastián de La Gomera

5616 EDICTO de 14 de julio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000151/2016.

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BOC-A-2017-228-5616. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Hiruma Victoria Ramos Luján, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de San Sebastián de La Gomera y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Sebastián de La Gomera, a 13 de julio de 2017.

Vistos por mí, Dña. María Teresa del Pino Hernández, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Sebastián de La Gomera y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario, nº 151/16 seguidos a instancia de D. Wolfgang Heinz Kempe y Dña. Mónica Hilber-Kempe, representados por el Procurador de los Tribunales D. Filiberto Barrera Fragoso y asistida por la Letrada Dña. Dolores Arriaga Harrison por su compañera Dña. María Isabel Lindermann Ruiz contra Dña. Dagmar Kosima Seib en rebeldía procesal.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por D. Wolfgang Heinz Kempe y Dña. Mónica Hilber-Kempe, representados por el Procurador de los Tribunales D. Filiberto Barrera Fragoso contra Dña. Dagmar Kosima Seib en rebeldía procesal, condeno a la demandada a devolver a los actores el importe de siete mil quinientos euros (7.500 euros), con expresa imposición de las costas causadas a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que en su caso, deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente Libro de Sentencias Civiles.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia ha sido dictada y publicada por la Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Dagmar-Kosima Seib, expido y libro el presente en San Sebastián de La Gomera, a 14 de julio de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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