Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 228.28 Kb.
BOC-A-2017-217-5284.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. Sara Rubira Varela, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA: en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de noviembre de 2016, por Dña. Ana Delia Hernández Sarmiento, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta capital, vistos los presentes autos que se han tramitado por el procedimiento previsto para el Juicio Verbal con el nº 287/2016, siendo parte demandante la Comunidad de Propietarios Edificio Botavara, representada por la Procuradora Dña. Montserrat Zubieta Padrón y defendida por el Letrado D. Manuel Martín Bethencourt, contra D. Manuel Jesús Varela Moure, en situación procesal de rebeldía, en los que se ejercitó acción de reclamación de cantidad.
FALLO: que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por Procuradora Dña. Montserrat Zubieta Padrón en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edificio Botavara, condenando en consecuencia al demandado D. Manuel Jesús Varela Moure a pagar a la actora la cantidad de mil cuatrocientos veintiséis euros con veintisiete céntimos (1.426,27) más los intereses legales devengados. No se efectúa especial imposición de costas.
La presente resolución no es firme y cabe contra la misma interponer recurso de apelación, en el plazo y con los requisitos establecidos por la Ley.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Manuel Jesús Varela Moure, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a fecha de firma.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias