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BOC Nº 205. Martes 24 de Octubre de 2017 - 4978

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4978 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 16 de octubre de 2017, por la que se anuncia la vacancia del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, en el Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, a los efectos de su provisión temporal.

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BOC-A-2017-205-4978. Firma electrónica - Descargar

I. ANTECEDENTES

1) El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, mediante oficio de fecha 5 de octubre de 2017, comunica a esta Dirección General la intención de la Corporación de convocar un procedimiento para la provisión interina del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, actualmente vacante; y, al mismo tiempo, solicita informe acerca de la existencia de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, interesado en la provisión temporal del puesto, mediante nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios.

2) De acuerdo con los datos que obran en el Registro integrado de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, está reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención, y está vacante por inexistencia de titular definitivo. Sus funciones son ejercidas por funcionaria propia de la Corporación, mediante nombramiento accidental.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 92, bis, apartado 7, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por el apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312, de 30), que entró en vigor el día 31 de diciembre de 2013, dispone que las Comunidades Autónomas efectuarán, de acuerdo con la normativa establecida por la Administración del Estado, los nombramientos provisionales de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, así como las comisiones de servicios, acumulaciones, nombramientos de personal interino y de personal accidental.

Segunda.- El artículo 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 189, de 9 de agosto), en la redacción dada por el artículo decimoquinto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 163, de 9 de julio), dispone:

«Cuando no fuese posible la provisión de puestos de trabajo vacantes en las corporaciones locales reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, las corporaciones locales podrán proponer, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de una persona que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría a la que pertenece. La resolución de nombramiento se efectuará por el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de provisión por un funcionario con habilitación de carácter nacional».

Tercera.- El presente trámite tiene por finalidad acreditar que no existe funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional que esté interesado en la provisión temporal del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, como presupuesto necesario para que esta Dirección General pueda conferir, a propuesta de la Corporación, nombramiento interino a favor del aspirante que resulte seleccionado tras la celebración del proceso de selección.

En el ejercicio de la competencia que atribuye a esta Dirección General el artículo 71.2 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre (BOC nº 252, de 30), en materia de gestión de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

R E S U E L V O:

Único.- Dar publicidad a la vacancia del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, a fin de que los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que estén interesados en su provisión, mediante nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación de funciones, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de octubre de 2017.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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