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BOC Nº 202. Jueves 19 de Octubre de 2017 - 4926

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde

4926 EDICTO de 28 de septiembre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000224/2017.

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BOC-A-2017-202-4926. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María del Carmen García Corgo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Telde, a 27 de septiembre de 2017.

Vistos y examinados por D. Armando García Castellano, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de esta Localidad y su Partido, los autos de Divorcio Contencioso, seguidos con el número de orden 224/2017, promovidos a instancia de Dña. Soledad Rodríguez Rodríguez, representada por el Procurador D. Pedro Martín Herrera y asistida por la Letrada Dña. Josefina Cruz Milán, contra el demandado, D. Miguel Ángel Guardia Fontes, en rebeldía procesal.

FALLO

Que, estimando como estimo la concurrencia de los presupuestos y requisitos legales para ello, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Soledad Rodríguez Rodríguez y D. Miguel Ángel Guardia Fontes, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento, y que se regirá por las siguientes medidas:

- Se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar sito en la calle Manuel Alemán Álamo, nº 21, 4º B, Telde, al esposo.

No procede hacer expresa imposición de las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil del lugar donde esté inscrito el matrimonio.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Miguel Ángel Guardia Fontes, expido y libro el presente en Telde, a 28 de septiembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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