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BOC-A-2017-201-4891.
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Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante resolución de la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios de 19 de septiembre (BOC nº 186, de 26 de septiembre) se convocan para el ejercicio 2017 las subvenciones destinadas a compensar los costes de transporte de la prensa local diaria en las islas durante el año 2015, y se aprueban las bases que han de regir las mismas.
Segundo.- En el resuelvo cuarto de la convocatoria se establecen un plazo de presentación de solicitudes de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación.
Tercero.- Visto que el sistema de presentación de instancias y documentaciones es electrónico, y que se establece por primera vez, y teniendo en cuenta las posibles dificultades que pudiesen surgir en el uso del mismo, se considera conveniente proceder a una ampliación del plazo de presentación de instancias.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- De acuerdo a lo establecido en el articulo 14 del decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre modificación de la convocatoria.
Segundo.- Por Decreto del Presidente 246/2015, de 22 de diciembre, la competencia para la concesión de esta subvencione ha sido delegada en el Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios.
En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas
R E S U E L V O:
Único.- Modificar el resuelvo cuarto de la Resolución de 19 de septiembre de 2017, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las subvenciones destinadas a compensar los costes de transporte de la prensa local diaria de las islas durante el año 2015 en el sentido siguiente: "El plazo de presentación de solicitudes será hasta las trece horas del día 26 de octubre de 2017".
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, a elección del interesado, recurso potestativo de reposición ante el titular de la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses; si se interpone recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva el primero o se produzca silencio administrativo. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que sea procedente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de octubre de 2017.- El Viceconsejero de Comunicación y Relaciones con los Medios, José Luis Méndez García.
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