Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 200. Martes 17 de Octubre de 2017 - 4867

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

4867 ORDEN de 25 de septiembre de 2017, por la que se rectifica error material detectado en la Orden de 14 de septiembre de 2017, que convoca para el curso 2017/2018 ayudas al desplazamiento de los estudiantes que cursen estudios superiores, tanto universitarios como de formación profesional o de enseñanzas artísticas, en centros públicos de Gran Canaria o Tenerife, y que tengan su residencia habitual en las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote o La Graciosa, regula situaciones excepcionales en ausencia de oferta académica y de plazas en la isla de residencia y aprueba las bases que han de regir su concesión (BOC nº 179, de 15.9.17).

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 263.50 Kb.
BOC-A-2017-200-4867. Firma electrónica - Descargar

Examinada la Orden de 14 de septiembre de 2017, por la que se convocan para el curso 2017/2018 ayudas al desplazamiento de los estudiantes que cursen estudios superiores, tanto universitarios como de formación profesional o de enseñanzas artísticas, en centros públicos de Gran Canaria o Tenerife, y que tengan su residencia habitual en las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote o La Graciosa, se regulan situaciones excepcionales en ausencia de oferta académica y de plazas en la isla de residencia y se aprueban las bases que han de regir su concesión.

Vista la Memoria-Propuesta del Director General de Universidades con fecha de 19 de septiembre de 2017 y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 15 de septiembre de 2017, se publica en el Boletín Oficial de Canarias (nº 179) la Orden de 14 de septiembre de 2017, por la que se convocan para el curso 2017/2018 ayudas al desplazamiento de los estudiantes que cursen estudios superiores, tanto universitarios como de formación profesional o de enseñanzas artísticas, en centros públicos de Gran Canaria o Tenerife, y que tengan su residencia habitual en las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote o La Graciosa, se regulan situaciones excepcionales en ausencia de oferta académica y de plazas y se aprueban las bases que han de regir su concesión.

Segundo.- La Dirección General de Universidades propone con fecha 19 de septiembre de 2017 sobre la rectificación de error material detectado en la citada Orden de 14 de septiembre, en los siguientes términos:

En el "resuelvo" cuarto, punto 2

Donde dice:

"La cuantía máxima de la ayuda por los dos trayectos de cada período en el transporte aéreo será un importe de 120 euros a Península, de 60 euros para trayectos en Canarias y en el transporte marítimo dicho límite será de 60 euros, por cada dos trayectos en cada periodo, solo y por persona".

Debe decir:

"La cuantía máxima de la ayuda por los dos trayectos de cada período en el transporte aéreo será un importe de 200 euros a Península, de 80 euros para trayectos en Canarias y en el transporte marítimo dicho límite será de 80 euros, por cada dos trayectos en cada periodo, solo y por persona".

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- Considerando lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, 2 de octubre de 2016), que faculta a las Administraciones Públicas a rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Conforme al artículo 9 del vigente Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), actualmente la Consejería de Educación y Universidades asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas en materia de educación y universidades la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, así como el artículo 5 del Reglamento Orgánico aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 203, de 19 de octubre, a propuesta del Director General de Universidades,

R E S U E L V O:

Primero.- Rectificar el error material detectado en la Orden de 14 de septiembre de 2017, por la que se convocan para el curso 2017/2018 ayudas al desplazamiento de los estudiantes que cursen estudios superiores, tanto universitarios como de formación profesional o de enseñanzas artísticas, en centros públicos de Gran Canaria o Tenerife y que tengan su residencia habitual en las islas de El Hierro, La Gomera, La Palma, Fuerteventura, Lanzarote o La Graciosa, se regulan situaciones excepcionales en ausencia de oferta académica y de plazas en la isla de residencia y se aprueban las bases que han de regir su concesión, en los siguientes términos:

En el "resuelvo" cuarto, punto 2

Donde dice:

"La cuantía máxima de la ayuda por los dos trayectos de cada período en el transporte aéreo será un importe de 120 euros a Península, de 60 euros para trayectos en Canarias y en el transporte marítimo dicho límite será de 60 euros, por cada dos trayectos en cada periodo, solo y por persona".

Debe decir:

"La cuantía máxima de la ayuda por los dos trayectos de cada período en el transporte aéreo será un importe de 200 euros a Península, de 80 euros para trayectos en Canarias y en el transporte marítimo dicho límite será de 80 euros, por cada dos trayectos en cada periodo, solo y por persona".

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de septiembre de 2017.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

© Gobierno de Canarias