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BOC Nº 199. Lunes 16 de Octubre de 2017 - 4844

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde

4844 EDICTO de 16 de mayo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0001157/2016.

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BOC-A-2017-199-4844. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María del Carmen García Corgo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Telde, a 16 de mayo de 2017.

Vistos por S.Sª. D. Armando García Castellano, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado con el nº 1157/2016, promovidos por el demandante Procurador de los Tribunales Dña. Marta Pérez Rivero, en nombre y representación de la entidad mercantile Distribuciones Molina, S.L., asistida ambas por el letrado D. Jorge David Ramos Cabrera; contra la parte demandada, Logistics Quality Services, S.L., en rebeldía procesal, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, y vistos los siguientes:

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por el demandante Procurador de los Tribunales Dña. Marta Pérez Rivero, en nombre y representación de la entidad mercantil Distribuciones Molina, S.L., contra la parte demandada, Logistics Quality Services, S.L., debo: condenar a la entidad demandada a pagar a la demandante la cantidad de 47.165,55 euros, más el intereses legal de acuerdo con lo previsto en el fundamento tercero de la presente resolución. Condeno en costas a la entidad demandada.

Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes conforme lo establecido en el artº. 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Con indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgado dentro del plazo de veinte días siguientes a la notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado Juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Telde, fecha ut supra.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Logistics Quality Services, S.L., expido y libro el presente en Telde, a 16 de mayo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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