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BOC Nº 197. Miércoles 11 de Octubre de 2017 - 4799

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

4799 Secretaría General Técnica.- Resolución de 29 de septiembre de 2017, por la que se ordena la publicación de la Adenda tercera de modificación del Convenio de Colaboración suscrito el 20 de junio de 2016, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la "Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS" para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales.

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BOC-A-2017-197-4799. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 20 de junio de 2016, se formalizó un Convenio de Colaboración entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la "Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS" para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales.

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 8 de julio de 2016, con el nº RCO2016TF00010 y con una vigencia desde el 1 de julio de 2016, hasta el 31 de diciembre de 2016 y ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 140, de 21 de julio de 2016.

Segundo.- Con fecha 22 de diciembre de 2016 se firmó la Adenda primera de prórroga del Convenio ampliando su vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta el 30 de junio de 2017, y ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 14, de 20 de enero de 2017.

Tercero.- Con fecha 10 de mayo de 2017 se ha firmado la Adenda segunda de modificación y prórroga ampliando la vigencia del Convenio desde el 1 de julio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 105, de 2 de junio de 2017.

Cuarto.- Con fecha 15 de septiembre de 2017 se ha firmado la Adenda tercera de modificación del Convenio.

A los anteriores, le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTO JURÍDICO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 3 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, así como las relativas a la materia de empleo, que tenía asignada la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda Tercera de Modificación del Convenio de Colaboración suscrito el 20 de junio de 2016, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y la "Asociación para la Acción Socio Comunitaria Sumas" para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de septiembre de 2017.- La Secretaria General Técnica (p.s., Orden LOR2017CA00539, de 23.8.17), el Director General de Trabajo, José Miguel González Hernández.

a n e x o

ADENDA TERCERA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 20 DE JUNIO DE 2016, ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA "ASOCIACIÓN PARA LA ACCIÓN SOCIO COMUNITARIA SUMAS" PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE LLEVA CONSIGO EL ACOGIMIENTO FAMILIAR ESPECIALIZADO PARA MENORES CON NECESIDADES O CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de septiembre de 2017.

INTERVIENEN

De una parte, la Excma. Sra. Cristina Valido García, en calidad de Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto 2/2017, de 4 de enero, del Presidente, por el que se le nombra Consejera del Gobierno de Canarias (BOC nº 4, de 5 de enero de 2017), actuando en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, así como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.d) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre.

De otra parte D. Francisco Javier Figueroa Marrero, con DNI nº 54045574J en calidad de Presidente de la Asociación para la Acción Sociocomunitaria Sumas, con CIF G76654102 habilitada como entidad colaboradora de atención integral a menores por Resolución nº LRS2014FA17767 de la extinta Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia, hoy Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, el 28 de noviembre de 2014, actuando en nombre y representación de la misma, de conformidad con las competencias y facultades que le son conferidas en el artículo 19 de sus Estatutos Fundacionales aprobados el 29 de octubre de 2014, que continúan en vigor según Acta de ratificación de la Junta Directiva de fecha 1 de abril de 2017.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio y al efecto,

EXPONEN

Primero.- El 20 de junio de 2016, se formalizó Convenio de Colaboración entre la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias y la Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS para el desarrollo de los procedimientos que lleva consigo el acogimiento familiar especializado para menores con necesidades o circunstancias especiales, inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 8 de julio de 2016 y con nº 10, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 140, de 21 de julio de 2016.

Segundo.- Con fecha 22 de diciembre de 2016 se firmó Adenda Primera de prórroga al Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 14, de 20 de enero de 2017.

Tercero.- Con fecha 10 de mayo de 2017 se firmó Adenda Segunda de modificación y prórroga al Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 105, de 2 de junio de 2017.

Cuarto.- Con fecha 10 de agosto de 2017 la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, emite informe en el que se indica que en la cláusula cuarta de la Adenda suscrita se señala que la aportación máxima por parte del departamento se incrementa en 338.974,27 euros, resultando este importe erróneo dado que se ha considerado por dos veces el incremento del gasto derivado de la modificación mensual del Convenio. El importe de la modificación mensual se calcula para el periodo mayo diciembre y a esto se le añade el importe de la prórroga para el periodo julio-diciembre de 2017 en el que se incluye ya la modificación para esos meses. Por lo tanto se ha de tramitar una nueva adenda que corrija el error detectado.

Las partes, según están representadas, firman la presente Adenda y se comprometen a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Se modifica la cláusula tercera de la Adenda Segunda, en el sentido de rectificar el importe total de la misma, quedando redactada en los siguientes términos:

"Tercera.- La aportación máxima por parte del departamento se incrementa, en atención a la variación del número de casos atendidos y a la ampliación del periodo de vigencia en doscientos noventa y ocho mil setecientos ochenta y ocho euros con ochenta y cinco céntimos (298.788,85 euros), cantidad que se imputará al presupuesto de gastos de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en la aplicación presupuestaria 23.17.231H.2297100 existiendo crédito adecuado, suficiente y disponible en la aplicación presupuestaria indicada en el Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017, siendo el desglose el siguiente:

Incremento del equipo multidisciplinar desde el 15 de mayo al 30 de junio: diez mil cuarenta y seis euros con treinta y cinco céntimos (10.046,35 euros) correspondientes con 3.348,78 euros para el mes de mayo, y 6.697,57 euros para el mes de junio, pasando el importe mensual de 41.426,18 euros a 44.774,96 euros en mayo y a 48.123,75 euros en el mes de junio.

Prórroga de 1 de julio a 31 de diciembre: doscientos ochenta y ocho mil setecientos cuarenta y dos euros con cincuenta céntimos (288.742,50 euros) a razón de 48.123,75 euros mensuales.

El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda".

Segunda.- Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio citado, seguirán siendo las mismas y en los mismos términos, con las modificaciones introducidas por las sucesivas Adendas.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por cuadriplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Cristina Valido García.- Asociación para la Acción Socio Comunitaria SUMAS, Francisco Javier Figueroa Marrero.

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