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BOC Nº 190. Lunes 2 de Octubre de 2017 - 4642

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

4642 Dirección General de Industria y Energía.- Anuncio de 19 de septiembre de 2017, por el que se hace pública la Resolución de 18 de septiembre de 2017, que establece el incremento del coste de comercialización de aplicación a los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a aplicar a partir del 19 de septiembre de 2017.

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BOC-A-2017-190-4642. Firma electrónica - Descargar

Mediante Resolución de la Dirección General de Industria y Energía nº 1451/2017, de 18 de septiembre, se establece el incremento del coste de comercialización de aplicación a los precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a aplicar a partir del 19 de septiembre de 2017.

De conformidad con la citada Resolución, el incremento del coste de comercialización, sin impuestos, se mantiene en 14,1819 ceuros/kg, respecto al coste de comercialización recogido en el apartado tercero de la "Resolución de 11 de septiembre, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg de contenido de GLP, excluidos los envases de mezcla para usos de los GLP como carburante" (BOE nº 225, de 18 de septiembre de 2017).

Asimismo, desde las cero horas del día 19 de septiembre de 2017, el precio máximo de venta, antes de impuestos en Canarias, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo envasados, en recipientes de capacidad igual o superior a 8 kg e inferior a 20 kg, a excepción de los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, será de 106,2594 ceuros/kg.

El texto íntegro de la citada Resolución se encuentra disponible en la página web de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, en la dirección:

https://www.gobiernodecanarias.org/ceic/energia/temas/hidrocarburos/preciosglp/

Contra la citada Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, Energía y Comercio, en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de septiembre de 2017.- El/la Director/a General de Industria y Energía, p.s. (Resolución VIEC nº 29/2017, de 1.2.17), la Directora General de Comercio y Consumo, Ángeles Palmero Díaz.

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