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BOC Nº 181. Martes 19 de Septiembre de 2017 - 4451

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

4451 EDICTO de 3 de julio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000077/2015.

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BOC-A-2017-181-4451. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado Auto de desistimiento en el procedimiento que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

AUTO

En Arona, a 23 de mayo de 2017.

Dada cuenta;

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El presente proceso ha sido promovido por el Procurador D./Dña. Javier Hernández Berrocal, en nombre y representación de D./Dña. Emilio Armelo Díaz Fernández frente a D./Dña. Antonio Delgado Hernández, Adelaida Guzmán Hernández, Antonio Hernández García, Modesta Delgado Guzmán, José Antonio Acosta Padrón y María del Carmen Afonso Hernández, sobre Juicio Verbal de Reclamación de Cantidad.

Con posterioridad a la citación del demandado, se ha presentado escrito por el actor desistiendo del juicio.

Segundo.- De Dicho desistimiento se ha dado traslado a la parte demandada por plazo de diez días, dentro del cual, ha presentado escrito nº 1804/17 mostrando su conformidad a la solicitud de desistimiento formulada de contrario, solicitando la condena en costas.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se tiene por desistido a la parte actora en el presente proceso, pudiendo promover nuevo juicio sobre el mismo objeto.

2.- Se condena en costas a la parte actora.

3.- Se declara finalizado el proceso.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así lo dispone, manda y firma D./Dña. Francisco Borja Abeijón Pérez, Juez del Juzgado de Primera instancia nº 4 de Arona; doy fe.- El/la Juez.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Adelaida Guzmán Hernández, Antonio Hernández García y Modesta Delgado Guzmán, expido y libro el presente en Arona, a 3 de julio de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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