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BOC Nº 163. Jueves 24 de Agosto de 2017 - 4182

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4182 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 14 de agosto de 2017, por la que se anuncia la vacancia del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de Teguise, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, a los efectos de su provisión temporal.

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BOC-A-2017-163-4182. Firma electrónica - Descargar

I. ANTECEDENTES

1) Por Resolución de esta Dirección General de 15 de julio de 2017 (Registro de Resoluciones nº 552, de 17 de julio de 2017), se convalidó el nombramiento accidental efectuado por el Ayuntamiento de Teguise, a favor de don José Francisco Betancort Cejudo, para el ejercicio de las funciones públicas del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, de la Corporación, tras el cese del funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, que lo desempeñaba en acumulación de funciones; asimismo, efectuó nombramiento accidental a favor de dicho funcionario, y se estableció el régimen de suplencia del indicado puesto de trabajo.

Al propio tiempo, la Corporación comunica a este Centro Directivo la intención de convocar procedimiento para la provisión interina del puesto.

2) De acuerdo con los datos que obran en el Registro integrado de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, está reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, se halla actualmente vacante por inexistencia de titular definitivo.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 92, bis, apartado 7, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por el apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312, de 30), que entró en vigor el día 31 de diciembre de 2013, dispone que las Comunidades Autónomas efectuarán, de acuerdo con la normativa establecida por la Administración del Estado, los nombramientos provisionales de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, así como las comisiones de servicios, acumulaciones, nombramientos de personal interino y de personal accidental.

El artículo 33 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 189, de 9 de agosto), dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.

El párrafo segundo del citado precepto, añadido por el artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 163, de 9 de julio), norma reglamentaria que continúa en vigor de acuerdo con la Disposición transitoria séptima, párrafo primero, de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, aclara, no obstante, que, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.

Por su parte, el artículo 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, en la redacción dada por el artículo decimoquinto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, dispone que, cuando no fuese posible la provisión de puestos de trabajo vacantes en las corporaciones locales reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, las corporaciones locales podrán proponer, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de una persona que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría a la que pertenece. La resolución de nombramiento se efectuará por el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de provisión por un funcionario con habilitación de carácter nacional.

Segunda.- El presente trámite servirá para acreditar que no existen funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que estén interesados en la provisión temporal del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de Teguise, a los efectos de su provisión temporal mediante nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios.

En el ejercicio de la competencia que atribuye a esta Dirección General el artículo 71.2.m) y n) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre (BOC nº 252, de 30), acerca de nombramientos accidentales a puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, y el artículo 71.2.j) acerca de los nombramientos interinos a puestos reservados,

R E S U E L V O:

Dar publicidad a la vacancia del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de Teguise, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, a fin de que los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que estén interesados en su provisión, mediante nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días, contado a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2017.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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