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BOC Nº 145. Viernes 28 de Julio de 2017 - 3732

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V. ANUNCIOS - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

3732 Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio de 21 de julio de 2017, relativo al requerimiento de subsanación de solicitudes presentadas en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para la producción, desarrollo y finalización de obra audiovisual canaria para el año 2017.

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BOC-A-2017-145-3732. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente del procedimiento de concesión de subvenciones para la producción, desarrollo y finalización de obra audiovisual canaria tramitado por la Dirección General de Promoción Económica, informo de lo siguiente:

Por Orden Departamental de fecha 28 de diciembre de 2016 se aprobaron las bases reguladoras de subvenciones para la producción, desarrollo y finalización de obra audiovisual canaria (BOC nº 4, de 5.1.17).

Mediante Orden de 31 de marzo de 2017 se efectúa convocatoria para el año 2017 de concesión de subvenciones para la producción, desarrollo y finalización de obra audiovisual canaria. Dicha Orden se publicó en la Base Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 70, de 10 de abril de 2017. El plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria era de 30 días naturales, finalizando dicho plazo el día 25 de mayo de 2017.

Respecto a la forma de presentación de las solicitudes la base general 9ª y la orden de convocatoria disponen que:

"Las instancias de solicitud de los interesados que quieran acceder a las subvenciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Promoción Económica y se presentarán acompañadas de la correspondiente documentación, todo ello conforme a los modelos establecidos en la convocatoria.

Los impresos indicados se podrán descargar en la Web del Gobierno de Canarias, en el apartado de subvenciones:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites

Asimismo, se encuentran disponibles en la siguiente dirección:

https://www.gobiernodecanarias.org/promocioneconomica/subvenciones/

La presentación de solicitudes se realizará de forma obligatoria a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, en su sede electrónica."

En relación a las solicitudes de subvención de la convocatoria de referencia que debían presentarse obligatoriamente por vía telemática y que se vieron afectadas por la incidencia técnica de la aplicación informática entre los días 24 de mayo de 2017 y 25 de mayo de 2017, por Resolución de la Dirección General de Promoción Económica de fecha 13 de junio de 2017 se ordena la reapertura del aplicativo de tramitación citado anteriormente entre los días 15 y 20 de junio de 2017, al objeto de que los solicitantes pudieran realizar el trámite obligatorio de cumplimentación y presentación de la solicitud y su documentación adjunta preceptiva. Asimismo se ordena la inadmisión del documento de solicitud y la documentación presentada por cualquier empresa en relación con la presente convocatoria por vías distintas al aplicativo telemático, debiendo aportarla en cualquier caso por la vía del aplicativo telemático para que pueda ser tenida en cuenta. Dicha resolución se publicó en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento y se ha comunicado a todas las personas registradas en las aplicaciones gestoras de los procedimientos afectados, en virtud de lo dispuesto en la base 9ª.

Una vez comprobada la documentación recibida en la fase de solicitud, se hace necesario proceder a la subsanación de las mismas.

La Orden de 28 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la producción, desarrollo y finalización de obra audiovisual canaria, en su base 10ª, determina que recibida la solicitud, se comprobará si reúne los requisitos exigidos y si se acompaña a la misma la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario al interesado para que en el plazo de diez (10) días hábiles, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse.

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo a la base 10ª de la Orden de 28 de diciembre, de bases,

ACUERDA

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en los cuadros del anexo, para que en plazo de diez (10) días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen las faltas detectadas y acompañen o completen los documentos o datos que se detallan en el citado anexo, según códigos relacionados con dicha documentación indicados en los mismos, advirtiéndose de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición:

1. Para las empresas con personalidad jurídica la presentación de la documentación se realizará a través de la aplicación informática que se encuentra en la sede electrónica de esta Consejería https://sede.gobiernodecanarias.org/ceicc (apartado de Procedimientos y Servicios, ficha correspondiente a esta convocatoria), entrando en el número de solicitud telemática que se indica en la primera columna de la tabla del anexo y a continuación en la opción denominada "Aportación de documentación".

2. Las personas físicas que hayan presentado la solicitud en formato papel, podrán presentar la documentación requerida en la presente resolución en formato papel en los registros oficiales conforme a lo dispuesto en el artículo 16, punto 4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En las instancias de presentación de la documentación se hará referencia al número de expediente que se cita en la columna del cuadro del anexo.

Segundo.- En caso de incidencias técnicas relacionadas con el aplicativo, las empresas relacionadas en los cuadros del anexo deberán informar de ello a través del formulario habilitado al efecto (https://sede.gobiernodecanarias.org/ceicc/formulario_contacto). Solo se tendrán en cuenta las incidencias comunicadas por dicha vía, y donde quede claramente identificado el nombre de la empresa solicitante de la subvención afectada por la incidencia.

Tercero.- Disponer la publicación del presente requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de julio de 2017.- La Directora General de Promoción Económica, Cristina Hernández Carnicer.

Ver anexo en las páginas 22225-22229 del documento Descargar

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