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BOC Nº 139. Jueves 20 de Julio de 2017 - 3559

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V. ANUNCIOS - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

3559 Instituto Canario de Igualdad.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 12 de julio de 2017, de la Directora, que requiere a las entidades solicitantes para la subsanación de las solicitudes de subvención presentadas a la convocatoria efectuada por Resolución de 16 de mayo de 2017, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2017.

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BOC-A-2017-139-3559. Firma electrónica - Descargar

Por Resolución de la Directora, de 16 de mayo de 2017, se autorizó el gasto y se convocaron las subvenciones a conceder por el Instituto Canario de Igualdad, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias para el año 2017 (BOC nº 100, de 25.5.17).

Concluido el plazo de presentación de solicitudes de subvención y examinadas las presentadas, procede requerir a las entidades que se relacionan en el anexo adjunto para que subsanen las faltas y/o acompañen los documentos preceptivos que se indican, conforme se establece en la base reguladora 7ª de las que rigen la convocatoria, aprobadas por Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 20 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones del Instituto Canario de Igualdad, de vigencia indefinida, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias (BOC nº 187, de 26.9.16).

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección en las citadas bases reguladoras y, en general, en el artículo 14.2.m) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Igualdad, aprobado por el Decreto 38/2015, de 27 de marzo,

R E S U E L V O:

Primero.- Requerir a las entidades relacionadas en el anexo adjunto para que, en el plazo de los diez (10) días siguientes al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su petición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada disposición legal.

Segundo.- Conforme se dispone en las bases reguladoras por las que se rige la convocatoria, publíquese esta Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de julio de 2017.- La Directora, Claudina Morales Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 21024-21033 del documento Descargar

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