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BOC Nº 131. Lunes 10 de Julio de 2017 - 3359

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

3359 EDICTO de 27 de febrero de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000334/2015.

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BOC-A-2017-131-3359. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de octubre de 2016.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrada Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000334/2015 seguido entre partes, de una como demandante Viajes Transtur, S.A., dirigido por el Letrado D. Raúl Martín Muñoz y representado por el Procurador Dña. Lucía González Tabares y de otra como demandada D. Marcos García Miguélez, Nuria García Miguélez representados por la procuradora Dña. Cristina Ramos Suárez y asistidos del Letrado Dña. Rosa María Serrano Montesinos y contra Teno Reisen, S.L., en rebeldía, sobre Sociedades de r. limitada.

FALLO

Que debo estimar la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Lucía González Tabares en nombre de Viajes Transtur, S.A., debo condenar y condeno a Teno Reisen, S.L., a que abone a la actora la cantidad de 83.832,1 euros, junto con los intereses legales devengados desde el momento de presentación de esta demanda y los que se devenguen tanto como intereses legales, como por mora en las operaciones comerciales hasta el completo pago de la deuda, declarando que la mercantil Teno Reisen, S.L., está incursa en causa de disolución y por tal motivo, dado que los administradores no han cumplido con sus obligaciones en tal situación y debo declarar y declaro que D. Marcos García Miguélez y Dña. Nuria García Miguélez, son responsables solidarios frente a Viajes Transtur, S.A., en el pago de las deudas de Teno Reisen, S.L., por la cantidad de 83.832,1 euros, junto con los intereses legales devengados desde el momento de presentación de la demanda y los que se devenguen tanto por intereses legales, como por mora en las operaciones comerciales, hasta el completo pago de la deuda, con condena al pago de dicha deuda y con imposición de costas.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn).

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Teno Reisen, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Santa Cruz de Tenerife, a 27 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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