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BOC Nº 115. Viernes 16 de Junio de 2017 - 2913

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria

2913 EDICTO de 16 de mayo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000432/2016.

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BOC-A-2017-115-2913. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de mayo de 2017.

Vistos por don Juan José Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Trece de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario 432/2016 sobre acción declarativa de dominio, a instancia de don José Manuel Perdomo Benítez y de doña Raquel Díaz Guerra, representados por el Procurador Sr. Santiago Díaz y asistidos de la Letrada Sra. Padrón de La Nuez, contra don Carlos Ernesto Suárez Trujillo, representado por la Procuradora Sra. Sintes Sánchez y asistido de la Letrada Sra. Torralbo Díaz, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. María Bibiana Ayguens Aupetit, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. María García González, compareciendo en su nombre doña Margarita Sarmiento García, representada por la Procuradora Sra. Víctor Gavilán y asistida del Letrado Sr. Santana del Pino, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de D. Tomás García González, compareciendo en su nombre doña Olga García Ramos, representada por la Procuradora Sra. Víctor Gavilán y asistida del Letrado Sr. Santana del Pino, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. Josefa García González, compareciendo en su nombre don Tomás Vega García, representado por la Procuradora Sra. Herrera Artiles y asistido de la Letrada Sra. Sosa Quesada (acudiendo al acto de la vista en su sustitución el Sr. Pérez Guerra), contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. Teresa García González y contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de D. Pascual Marcelino García González, ha pronunciado en nombre de S.M. el Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo estimar la demanda formulada por la representación procesal de don José Manuel Perdomo Benítez y de doña Raquel Díaz Guerra, contra don Carlos Ernesto Suárez Trujillo, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. María Bibiana Ayguens Aupetit, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. María García González, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de D. Tomás García González, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. Josefa García González, contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. Teresa García González y contra la Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de D. Pascual Marcelino García González, y:

- declarar que los actores son los propietarios, en pleno dominio, y con carácter ganancial, del inmueble "1-Urbana: edificio de dos plantas sita en la Ladera del Barrio de San José de esta ciudad, calle Candil nº 5 y nº 3 (antes nº 1), y tiene de frente seis metros por ocho de fondo, o sea una superficie de cuarenta y ocho metros cuadrados (48 m2); y que linda: Poniente y Norte, con calle Candil (antes callejón de subida y callejón entrada de la casa, Naciente, con María del Pilar Suárez Caballero (antes casa de Antonio Herrera) y al Sur, con Manuel y Eugenia Rivero Perera (antes casa de D. José Mesa y López)", la cual adquirieron mediante contrato privado de 1 de febrero de 2012 a doña María Bibiana Ayguens Aupetit,

- declarar que dicho inmueble está identificado como finca catastral nº 9079107DS5097N001GR, debiéndose proceder a la inscripción del mismo en favor de los demandantes en el Registro de la Propiedad, mediante la reanudación del tracto de la finca nº 17.158,

- condenar a los demandados a estar y pasar por estas declaraciones,

- condenar a don Carlos Ernesto Suárez Trujilo, a la herencia yacente o herederos de doña María Bibiana Ayguens Aupetit, a la herencia yacente o herederos de doña Teresa García González y a la herencia yacente o herederos de don Pascual Marcelino García González, al pago de las costas causadas a la parte actora,

- no imponer las costas a los herederos de don Tomás García González, de doña Josefa García González y de doña María García González, por ser así de justicia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días, previa la consignación establecida en la disposición adicional de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por S.Sª. el día de su fecha, constituido en audiencia pública.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. María Bibiana Ayguens Aupetit, Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de Dña. Teresa García González y Herencia Yacente y Herederos Desconocidos de D. Pascual Marcelino García González, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de mayo de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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