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BOC-A-2017-112-2844.
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D./Dña. María del Carmen Domínguez-Rodiño Alcalde, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Telde y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
Telde, a 26 de febrero de 2014.
Vistos por Santiago Lojo Corbal, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Telde, los presentes autos registrados con el nº 974/2013, sobre Juicio Verbal, seguidos a instancia de don Tomás Gil Rivero, contra Taller Raesh, declarado en rebeldía procesal.
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por don Tomás Gil Rivero, contra Taller Raesh, debiendo condenar a la demandada a abonar al actor 672,32 euros, con las costas procesales.
Notifíquese a las partes la presente sentencia, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso.
Así por esta mi Sentencia la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó en audiencia pública celebrada el día de la fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Taller Raesh, expido y libro el presente en Telde, a 22 de diciembre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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