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BOC Nº 110. Viernes 9 de Junio de 2017 - 2782

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

2782 DECRETO 158/2017, de 31 de mayo, por el que se declara de interés público de Canarias la Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA".

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BOC-A-2017-110-2782. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente instruido para la declaración de interés público de Canarias de la Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA", y tomando en consideración los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA" solicitó ser declarada de interés público de Canarias, teniendo los siguientes fines sociales:

"a) Promover actuaciones que permitan la inserción sociolaboral y la integración social de las personas en exclusión social, desde una perspectiva de género y con atención a aquellos colectivos vulnerables, mediante actuaciones en el medio local y coordinadas entre sí a través de la entidad. Se presta especial atención a los colectivos de mujeres, jóvenes, inmigrantes, drogodependientes, desempleados/as de larga duración y cuantas personas sufran problemáticas específicas.

b) Desarrollar el ámbito local, por medio de una dinámica participativa de la sociedad a través de estructuras organizadas, como método eficaz de implicación, desarrollo y gestión de las propuestas y respuestas a los problemas.

c) Agrupar y coordinar y, por tanto, facilitar el desarrollo al mayor número de entidades sociales que trabajen la inserción sociolaboral, aprovechando sinergias y experiencias para favorecer la cooperación de experiencias sociales alternativas.

d) Trabajar en Red con todos los agentes sociales, como método eficaz de dar respuesta al problema del desempleo y de la exclusión social como compromiso social en el territorio donde la Red esté implantada.

e) Generar herramientas de trabajo en internet eficaces para la lucha contra el desempleo, tales como plataformas digitales, edición digital, etc. y cualesquiera que faciliten a su vez el trabajo a aquellos profesionales que cada día se enfrentan a la realidad del desempleo o la exclusión social.

f) Generar experiencias empresariales sostenibles, comprometidas con su entorno y que permitan el acceso al mercado de trabajo a aquellas personas con mayores dificultades. Fundamentalmente en los campos de la sostenibilidad, la vivienda, el codesarrollo y la cooperación internacional.

g) Fomentar asociaciones contra el desempleo y promover el asociacionismo en general. Desarrollar proyectos de participación y ciudadanía en zonas económica y socialmente desfavorecidas.

h) Fomentar la economía social y todas las estructuras que posibiliten una mayor cohesión social de todas las personas.

i) Prestar servicios de formación, culturales y sociales con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población.

j) Establecer acuerdos permanentes de intercambio de información, metodologías, etc. con entidades de fines semejantes.

k) Realizar estudios e informes.

l) Fomentar el voluntariado para la búsqueda y creación de empleo.

ll) Desarrollar servicios de promoción, creación y gestión del empleo.

m) Realizar servicios sociales de atención a discapacitados, drogodependientes, personal afectado en Centros Penitenciarios y cualquier otro colectivo en riesgo de exclusión social.

n) Formar al profesorado, en todas las modalidades.

ñ) Promover e impulsar la constitución de empresas de inserción en la que participen usuarios de inserción social en los términos previstos en el apartado a) del artículo 5 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, por la que se regula su participación en las empresas de inserción.

o) Desarrollar actividades de educación medioambiental y de promoción de un desarrollo sostenible, que incluyan actividades de repoblación de espacios naturales, trabajo con entidades de la sociedad civil, y actividades lúdicas y educativas referidas al cuidado de la Naturaleza y del equilibrio medioambiental, entre otras.

p) Cualquier actividad lícita relacionada con las anteriores que se decida emprender por los órganos de gobierno y dirección".

Segundo.- La Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA" figura inscrita desde el año 2008 en el Registro de Asociaciones de Canarias con el nº G1/S1/15219-08/TF teniendo como ámbito territorial de actuación el de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Según consta en el expediente administrativo instruido, desde su constitución la asociación interesada viene trabajando para promocionar el empleo y prestar servicios de búsqueda activa a las personas desempleadas a través de acciones personalizadas e individualizadas, como un elemento básico para potenciar la inserción de personas con especiales dificultades de inserción laboral.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 38.1 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias establece que podrán ser declaradas de interés público de Canarias las asociaciones de ámbito territorial autonómico inscritas en el Registro de Asociaciones en las que concurran las circunstancias previstas en el citado artículo, constando en el expediente instruido que la Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA" cumple con dichos requisitos legales.

Segunda.- El apartado 2 del citado artículo de la Ley 4/2003 dispone que "La declaración de interés público de Canarias se realizará por Decreto del Gobierno según el procedimiento que se determine reglamentariamente".

Tercera.- El Reglamento de Asociaciones de Canarias, aprobado por el Decreto 12/2007, de 5 de febrero, regula el procedimiento para la declaración de interés público de Canarias (artículo 76), habiéndose observado dicho procedimiento en la tramitación del expediente de declaración de interés público iniciado a instancia de la Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA".

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad y previa deliberación del Gobierno, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2017,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar de interés público de Canarias la Asociación para la Promoción del Empleo y la Cohesión Social "CREATIVA", inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias con el nº G1/S1/15219-08/TF, por entender que sus fines estatutarios tienden a promover el interés general de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el beneficio que para la sociedad canaria reporta la actividad de la Asociación.

Segundo.- Notificar el presente Decreto a la entidad interesada en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.- Comunicar el presente Decreto a la Consejería de Hacienda.

Cuarto.- Ordenar la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentar recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de 2017.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Fernando Clavijo Batlle.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

José Miguel Barragán Cabrera.

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