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BOC Nº 106. Lunes 5 de Junio de 2017 - 2702

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V. ANUNCIOS - Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora

2702 ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 7 de marzo de 2017, del Pleno, que crea los ficheros de datos de carácter personal del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora.

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BOC-A-2017-106-2702. Firma electrónica - Descargar

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE nº 298, de 14 de diciembre), regula el tratamiento de datos de carácter personal registrados en soportes físicos, que los haga susceptibles de tratamiento, así como toda modalidad de uso posterior de dichos datos por los sectores público y privado. La finalidad de esta regulación es garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1 de dicha ley dispone que "la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente" y establece en los puntos segundo y tercero las indicaciones concretas que deben contener las disposiciones de creación, modificación y supresión de ficheros.

En consecuencia, el Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora, en sesión celebrada el 7 de marzo de 2017 y en virtud de las competencias atribuidas por sus estatutos,

R E S U E L V E:

Artículo 1.- Objeto.

Mediante la presente resolución del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora se crean los ficheros automatizados y manuales de carácter personal que se especifican en el anexo.

Artículo 2.- Contenido.

La información exigida en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el artículo 54 de su reglamento de desarrollo, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, para las disposiciones de creación, modificación y supresión de ficheros, figura en el anexo de esta Resolución.

Artículo 3.- Finalidad y usos de los ficheros.

Los datos de carácter personal, incluidos en los ficheros del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora regulados por esta resolución solo serán utilizados para los fines expresamente previstos y declarados en el anexo y únicamente por el personal debidamente autorizado.

Artículo 4.- Cesión de datos.

Los datos solo serán cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley y declarados en el anexo. En el supuesto de cesión de datos las administraciones públicas tendrán que atenerse a lo dispuesto en la normativa vigente respeto esta materia.

Artículo 5.- Órgano responsable y ejercicio de derechos.

La responsabilidad sobre los ficheros regulados por esta resolución le corresponde al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora. En el anexo se detalla la unidad concreta ante la que los titulares de los datos podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre los datos en cada uno de los ficheros.

Artículo 6.- Nivel de protección y medidas de seguridad.

El nivel de seguridad asignado a los ficheros regulados en esta resolución atiende a lo dispuesto en el artículo 80 y siguientes del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal. En el anexo recoge el nivel de seguridad (básico, medio o alto) asignado a cada uno de los ficheros que se crean por medio de esta resolución.

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora adoptará las medidas de seguridad técnicas, de gestión y organizativas exigidas por el Real Decreto 1720/2007, para el nivel de seguridad asignado a cada uno de los ficheros, de forma que se garanticen en todo momento la confidencialidad e integridad de los datos.

Artículo 7.- Publicación.

De conformidad con lo acordado se ordena que la presente resolución sea publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

Artículo 8.- Entrada en vigor.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2017.- El Presidente, Guillermo Caldente y Mascareño.

A N E X O

CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

I. Fichero "SOCIOS".

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora.

2. Servicio o Unidad ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición: Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ycoden Daute Isora, calle La Palmita, 10, 38440-La Guancha, Santa Cruz de Tenerife (Islas Canarias, España).

3. Identificación y finalidad del fichero.

a) Nombre: "Socios".

b) Finalidad y usos previstos del fichero: Gestión de los socios del Consejo.

4. Tipificación de finalidades: otras finalidades.

5. Personas o colectivos de los que se van a tratar los datos: personas físicas o jurídicas socias del consejo.

6. Origen y procedencia de los datos.

a) Origen de los datos: del propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

b) Procedimiento de recogida: documentación de inscripción.

7. Estructura y tipo de datos.

a) Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, teléfono, DNI, Dirección.

b) Otro tipo de datos: parcelas, superficies ...

8. Sistema de tratamiento: mixto.

9. Nivel de medidas de seguridad aplicable al fichero: básico.

10. Cesiones de datos: Hacienda Pública y Administración tributaria, Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, Entidades aseguradoras y organismos obligados por Ley.

11. Transferencias internacionales: no se preven transferencias internacionales de datos.

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