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BOC-A-2017-105-2665.
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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, en el recurso nº 42/2016 (ampliado), interpuesto por la empresa "Zona Eólica Canarias, S.A." contra el Decreto 40/2016, de 25 de abril, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto 383/2015, de 28 de diciembre, por el que se excluye a determinados proyectos de parques eólicos del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y conforme lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo correspondiente al recurso nº 42/2016 (ampliado), interpuesto por la empresa "Zona Eólica Canarias, S.A." contra el Decreto 40/2016, de 25 de abril, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto 383/2015, de 28 de diciembre, por el que se excluye a determinados proyectos de parques eólicos del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hacer público la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos aparezcan como interesados en el recurso citado para que puedan comparecer en la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, y personarse en autos en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de mayo de 2017.- El Secretario General Técnico, p.d.f. (Resolución nº 13/2015, de 4 de agosto), el Jefe de Servicio de Régimen Jurídico, Simón Bonifacio Rodríguez Torrens.
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