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BOC-A-2017-103-2620.
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D./Dña. María Mercedes Herrera Fernández, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa Cruz de La Palma y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
Que en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa Cruz de La Palma, en los autos de: familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados al nº 000100/2016, se ha dictado sentencia de fecha 10 de mayo de 2017, con número de resolución 56/2017, por la cual se estima la demanda interpuesta por Dña. Herminia Felipe Palmes frente a D. Ousmane Diallo, en paradero desconocido, y se acuerdan diversas medidas definitivas respecto a los menores.
Que en este Juzgado podrá tener conocimiento íntegro de dicha resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir de la publicación del presente edicto a presentar en este Juzgado.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Ousmane Diallo, expido y libro el presente en Santa Cruz de La Palma, a 11 de mayo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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