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BOC-A-2017-087-2195.
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El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
HACE SABER:
Que el Pleno de esta Corporación insular, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de marzo de 2017, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos relativos a:
- Convenio entre el Cabildo Insular de Lanzarote y el Ayuntamiento de Arrecife en el que se establece el contenido, alcance, condiciones y régimen jurídico, avocación, revocación, renuncia, extinción y vigencia al que se sujetan las delegaciones de las facultades y actividades administrativas correspondientes a la aplicación de determinados tributos locales, así como de precios públicos y demás ingresos de derecho público.
- Convenio entre el Cabildo Insular de Lanzarote y el Ayuntamiento de Haría en el que se establece el contenido, alcance, condiciones y régimen jurídico, avocación, revocación, renuncia, extinción y vigencia al que se sujetan las delegaciones de las facultades y actividades administrativas correspondientes a la aplicación de determinados tributos locales, así como de precios públicos y demás ingresos de derecho público.
- Convenio entre el Cabildo Insular de Lanzarote y el Ayuntamiento de Teguise en el que se establece el contenido, alcance, condiciones y régimen jurídico, avocación, revocación, renuncia, extinción y vigencia al que se sujetan las delegaciones de las facultades y actividades administrativas correspondientes a la aplicación de determinados tributos locales, así como de precios públicos y demás ingresos de derecho público.
- Convenio entre el Cabildo Insular de Lanzarote y el Ayuntamiento de Tinajo en el que se establece el contenido, alcance, condiciones y régimen jurídico, avocación, revocación, renuncia, extinción y vigencia al que se sujetan las delegaciones de las facultades y actividades administrativas correspondientes a la aplicación de determinados tributos locales, así como de precios públicos y demás ingresos de derecho público.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo.
Arrecife, a 30 de marzo de 2017.- El Presidente, Pedro San Ginés Gutiérrez.
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