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BOC Nº 84. Miércoles 3 de Mayo de 2017 - 2104

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

2104 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 25 de abril de 2017, de la Presidenta, por la que se aprueba la actualización de la Oferta Formativa de 6 de junio de 2016, dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados/as correspondiente al periodo 2016-2018.

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BOC-A-2017-084-2104. Firma electrónica - Descargar

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, le confiere a la Formación un enfoque estratégico donde la prospección y detección de necesidades formativas del sistema productivo orienta el diseño y planificación de la misma, con el objetivo de anticiparse a los cambios y asegurar que el sistema responda de forma dinámica a las necesidades formativas de empresas y trabajadores, ofreciendo una imagen de certidumbre y estabilidad a todos los agentes implicados en su desarrollo que permita la inversión en formación y la generación de estructuras estables en el tiempo.

Con dicho fin, se establece un escenario plurianual, con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la comunidad autónoma, que actúe como marco de planificación estratégica del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, identificando al menos:

1) Las tendencias y la evolución previsible de la economía canaria.

2) Los sectores que serán motor de crecimiento y de creación de nuevos puestos de trabajo, así como los sectores en reconversión.

3) Las competencias transversales que faciliten la empleabilidad y movilidad intersectorial de los trabajadores.

4) Los objetivos de atención prioritaria (sectoriales, transversales, territoriales y por colectivos).

La Resolución de 6 de junio de 2016, de la Presidenta, que aprueba la Oferta Formativa y su prioridad, dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados/as correspondiente al periodo 2016-2018 (BOC nº 114, de 15 de junio de 2016), da respuesta al contexto sociolaboral canario e incorpora, por un lado, las adaptaciones necesarias derivadas de modificaciones introducidas en el Fichero Estatal de Especialidades Formativas (bajas, altas o sustitución de especialidades por otras de contenido similar pero con mayor valor en cuanto a su certificación) y, por otro, las derivadas del alineamiento con proyectos vinculados a actividades económicas emergentes, generadores de empleo y con necesidades de cualificación específicas, y especialidades dirigidas a la obtención de certificación con reconocimiento internacional basado en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Dicho marco estable de programación posibilita la consecución de varios objetivos irrenunciables, en nuestra política de empleo, tales como:

a) Proporcionar a los usuarios la mejora de sus competencias profesionales a través de una oferta de formación acreditable.

b) Proporcionar una formación suficiente que facilite a las personas la adquisición de competencias profesionales en función de su itinerario personalizado de empleo, de las necesidades de formación identificadas y de la cobertura de las competencias clave y transversales para facilitar su inserción en el mercado de trabajo.

c) Orientar a los centros y entidades de formación para, a través de la movilización de sus recursos, den respuesta a dichas necesidades.

d) Desarrollar un conjunto de medidas en lo que se refiere a la calidad y evaluación de la formación, así como respecto del seguimiento y control de la misma, actuaciones que vienen enmarcadas en los planes anuales que se aprueben al respecto (Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 17/01900, de fecha 14 de marzo de 2017, por la que se aprueba el Plan de Seguimiento y Control de la Calidad de las acciones formativas del sistema de formación profesional para el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias y Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 17/02053, de fecha 17 de marzo de 2017, por la que se desarrolla el contenido de la memoria de las actuaciones de evaluación y control de la calidad de la formación de las acciones formativas concedidas al amparo de la Resolución nº 16/0018, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo).

e) Orientar la finalidad de estos dispositivos de calidad a posibilitar que las citadas acciones respondan de forma válida a la formación establecida en cada especialidad formativa, considerando la adecuación de la misma en el acceso del alumnado; requisitos de los formadores/tutores; desarrollo de contenidos, metodologías de impartición y medios didácticos; espacios, instalaciones y equipamientos; y evaluación del aprendizaje.

La Oferta de Formación Profesional para el Empleo, por tanto, ha sido diseñada aunando información disponible sobre previsiones del comportamiento futuro del mercado de trabajo y las proyecciones de los sectores productivos canarios a medio plazo en cuanto a su desarrollo y previsibles necesidades de perfiles profesionales, determinando en consecuencia un escenario formativo con la necesaria estabilidad sobre el cual poder concretar, con independencia de la posible introducción de cambios adaptativos puntuales, las sucesivas programaciones anuales de acciones formativas.

Es en este escenario estable, donde se hace necesario introducir actualizaciones adaptativas puntuales propiciadas por modificaciones en el Fichero Estatal de Especialidades, por disfunciones observadas en el factor de priorización, asociado a cada especialidad, durante el proceso de programación de la anualidad 2016, que dificulta la coherencia interna ente los objetivos de planificación y el diseño de la misma, dentro del marco presupuestario establecido, y por la identificación de nuevas necesidades en el contexto sociolaboral del sistema productivo de canarias.

En consecuencia, procede adaptar la Oferta Formativa centrada en varios aspectos fundamentales e ineludibles, por un lado, la actualización de especialidades por modificación del Fichero Estatal, por otro, la prioridad asociada a determinadas especialidades, que permita una mayor conciliación en su respuesta a las necesidades planteadas por la economía canaria, tanto por los sectores productivos estratégicos como los emergentes y una mayor adecuación de sus condiciones de acceso y nivel de cualificación a las características de las personas que se encuentran en situación de desempleo y por último la identificación e incorporación de nuevas especialidades demandadas por los agentes económicos y sociales.

Por todos los antecedentes expuestos, teniendo en cuenta las competencias atribuidas a la Presidencia por el artículo 7 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, y una vez emitido informe favorable a dicha Oferta Formativa por el Consejo General de Empleo en su sesión de 20 de abril de 2017,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar la actualización de la Oferta Formativa para la anualidad 2017, que figura como anexo a la presente disposición, para los programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con carácter informativo la presente Resolución se publicará en la página web y en el tablón de anuncios del Servicio Canario de Empleo.

Tercero.- La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación oficial en el Boletín Oficial Canarias.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, o bien potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia del SCE, en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2017.- La Presidenta, Cristina Valido García.

Ver anexo en las páginas 11398-11427 del documento Descargar

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