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BOC Nº 79. Martes 25 de Abril de 2017 - 1979

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

1979 ORDEN de 17 de abril de 2017, por la que se actualiza para el ejercicio 2017, el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para los años 2015-2017.

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BOC-A-2017-079-1979. Firma electrónica - Descargar

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8 que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones deberán elaborar, con carácter previo, un Plan Estratégico de Subvenciones que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación.

En el mismo sentido, el artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, señala que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados. Además el citado artículo prevé que se podrán aprobar planes estratégicos especiales, cuando su importancia justifique su desarrollo particularizado tal y como sucede, respecto a los organismos autónomos adscritos a este Departamento (Instituto Canario de Igualdad e Instituto Canario de Administración Pública), que cuentan con su propio Plan Estratégico de Subvenciones.

Mediante Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad de 26 de marzo de 2015, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad para el periodo 2015-2017 (BOC nº 64, de 6 de abril de 2015). El citado Plan fue modificado, respecto al área de juventud, por Órdenes de 5 de julio de 2016 (BOC nº 134, de 13 de julio) y de 1 de diciembre de 2016 (BOC nº 239, de 13 de diciembre).

El artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, citado anteriormente, dispone que la efectividad del Plan queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención atendiendo, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Asimismo, el artículo 8.1 del mismo texto normativo, dispone que anualmente se realice la actualización de los planes estratégicos de acuerdo con la información relevante disponible.

Así, en la actual Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, se establecen líneas de actuación que, con respecto a las previstas en el ejercicio anterior para distintos Centros Directivos de este Departamento, se resumen de la siguiente forma:

En el Área de Juventud se mantienen las mismas líneas de actuación que contempla el actual Plan estratégico si bien se incrementa la dotación presupuestaria de las siguientes líneas de subvención directas:

- La línea de subvención con cargo a la aplicación presupuestaria: 08.26.232. A. 450.00 y 480.00 L.A. 08450909 "Integración Social de Jóvenes Extutelados y en Dificultad Social", incrementa su dotación presupuestaria para el presente ejercicio en 115.318 euros (pasando de los 136.000 euros del ejercicio 2016 a los 251.318 euros previstos para el presente ejercicio), previéndose además que su concesión tenga carácter plurianual.

- La línea de subvención con cargo a la aplicación presupuestaria: 08.26.232.A.450.00 L.A. 08450910 "Campos de Trabajo", aumenta su importe en 50.000 euros, pasando de los 35.000 euros del ejercicio 2016 a los 85.000 euros previstos para 2017.

En el Área de Justicia, a raíz de la aprobación de la Estrategia de Modernización de la Administración de Justicia de Canarias 2017-2019 (BOC nº 30, de 13 de febrero), en líneas generales se han adaptado los objetivos estratégicos de este Plan Estratégico de Subvenciones a las directrices de ese nuevo instrumento de planificación.

En cuanto a las líneas de actuación, se elimina la línea 084 G0153 destinada en el ejercicio 2016 a las "Oficinas de Víctimas del Delito", que en el presente ejercicio contará con otras vías de financiación. Además, como novedad se incorpora la partida presupuestaria 2017 08.18.112B.750.00 P.I. 177G0016.

Por lo demás se mantienen las mismas líneas de actuación, si bien se registra un aumento significativo en las siguientes dotaciones presupuestarias:

- En relación al Programa 112A Tribunales de Justicia, se produce una compensación entre aplicación presupuestaria: 2017 08.18.112. A. 480.00 las L.A. 08450913 "Retribuciones Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita", a la que se le han asignado 500.000,00 euros menos, en favor de la L.A. 084G0179 "Retribuciones Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita Víctimas de Violencia de Género", que aumenta en 500.000,00 euros.

- Respecto al Programa 112B Relaciones con la Administración de Justicia, se acusa un incremento de 50.000,00 euros en la línea de actuación 08423702 "Subvención Colegios de Abogados, Procuradores, Graduados Sociales e Instit. Relac. Admon. Justicia", duplicando así la dotación del año anterior.

- Dentro de este mismo Programa, la línea 08450907 "Actuaciones derivadas de la Ley 52/2007" registra un aumento de 55.500,00 euros en la consignación presupuestaria con respecto al ejercicio presupuestario de 2016. Además se incorpora este año, con la misma denominación, la partida presupuestaria 2017 08.18.112B.750.00 P.I. 177G0016 con una dotación de 19,500,00 euros. Este proyecto de inversión, junto con la línea de actuación citada, suponen un aumento acumulado de 75.000 euros frente al ejercicio anterior para "Actuaciones derivadas de la Ley 52/2007".

- El Programa 232B Promoción Igualdad de Oportunidades para Mujeres presenta la misma línea de actuación 08426002 "Puntos de Encuentro Familiar" que el pasado año, pero con la posibilidad de optar por un sistema de concurrencia competitiva para la designación de los beneficiarios, y con un aumento de 200.000,00 euros en la consignación presupuestaria, lo cual supone el doble de la cuantía con respecto a la última actualización del Plan Estratégico.

De conformidad con lo previsto en el artículo 31.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, la presente orden será publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

En cumplimiento de estas previsiones propuestas por los órganos del Departamento relativas a los expedientes incluidos en el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería, visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de fecha 11 de abril de 2017, que consta en el expediente y en virtud de las facultades conferidas por el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad aprobado por el Decreto 382/2015, de 28 de diciembre y el artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la presente,

R E S U E L V O:

Primero.- Actualizar para el ejercicio 2017, en los términos que se contienen en el anexo que se acompaña, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por la Orden nº 71, de 26 de marzo de 2015 y modificado, respecto al área de juventud, por Órdenes de 5 de julio de 2016 y de 1 de diciembre de 2016.

Segundo.- Confirmar el resto del contenido del Plan Estratégico de Subvenciones aprobado, en cuanto no quede afectado por la actualización dispuesta.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de abril de 2017.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

José Miguel Barragán Cabrera.

Ver anexo en las páginas 10798-10807 del documento Descargar

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