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BOC Nº 79. Martes 25 de Abril de 2017 - 1976

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Hacienda

1976 Secretaría General Técnica.- Resolución de 17 de abril de 2017, por la que se dispone la publicación de la Adenda primera de aportación financiera para 2017-2019 y modificación al Convenio suscrito el 30 de diciembre de 2016 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Universidad de La Laguna para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN.

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BOC-A-2017-079-1976. Firma electrónica - Descargar

Suscrita con fecha 29 de marzo de 2017, Adenda primera de aportación financiera para 2017-2019 y modificación al Convenio suscrito entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Universidad de La Laguna para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN, el 30 de diciembre de 2016.

Visto el artículo 13.1 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la mencionada Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de abril de 2017.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Solórzano Hernández.

A N E X O

ADENDA PRIMERA DE APORTACIÓN FINANCIERA PARA 2017-2019 Y MODIFICACIÓN AL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN EL MARCO DEL FDCAN, SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2016.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Rosa Dávila Mamely, Consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias.

Y de otra, el Sr. D. Antonio Martinón Cejas con DNI 41978458P, Rector Magnífico de la Universidad de La Laguna, con CIF Q3818001D y domicilio en la calle Padre Herrera, s/n, 38207-La Laguna, actuando en nombre y representación de dicha Entidad, según nombramiento por Decreto 74/2015, de 22 de mayo (BOC de 26 de mayo), y en virtud de las competencias otorgadas por el artº. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (BOE de 24 de diciembre), y por los artículos 167.1 y 168.m) de los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC de 26 de julio de 2004).

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente documento y en ese sentido

EXPONEN

Primero.- El día 30 de diciembre de 2016, se formalizó el Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Universidad de La Laguna para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN con el objeto de instrumentar la financiación del Proyecto modelos de inversión inteligente en I+D+i servicios tecnológicos universitarios para contribuir al desarrollo económico y social de Canarias (M3IDi-SUDEySCAN) publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 30, de 13 de febrero de 2017.

Segundo.- El proyecto seleccionado, recursos asignados y porcentaje de financiación con cargo al FDCAN, en los términos del Acuerdo de Gobierno de 23 de diciembre de 2016, se incorporaron como Anexo I al Convenio.

La cláusula tercera del Convenio establece, en relación a las obligaciones de la Consejería de Hacienda, que los compromisos financieros para la anualidad 2017 por importe de 1.500.000 euros requerirán la suscripción de Adenda previa tramitación del expediente económico correspondiente con cargo a los recursos del FDCAN, y con las demás condiciones de financiación a que se refiere la cláusula cuarta. Por su parte, la cláusula décima recoge que el Convenio surtirá efectos desde su firma teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, pudiendo ser prorrogado al vencimiento de dicho plazo por acuerdo expreso de las partes. Los compromisos financieros de la Consejería de Hacienda para el año 2017 y sucesivas anualidades requerirán la suscripción de Adenda previa tramitación de expediente económico que restablecerá el plazo de realización y de justificación de la aplicación de los fondos.

Tercero.- Mediante Acuerdo de Gobierno de fecha 27 de marzo de 2017, se autorizaron las modificaciones de los convenios mediante las Adendas a suscribir con las Universidades Públicas Canarias en el marco del FDCAN para instrumentar la financiación de las actuaciones contenidas en el Acuerdo de Gobierno de 23 de diciembre de 2016. Asimismo se autorizó el gasto plurianual y las subvenciones de cuantía superior a ciento cincuenta mil euros que se instrumenten para ejecutar el acuerdo de la distribución del Fondo de Desarrollo de Canarias.

Cuarto.- Mediante Acuerdo de Gobierno de 20 de marzo de 2017, se modifican los plazos de realización y justificación de la aplicación de los fondos para las anualidades 2016 y 2017. También se cambia la redacción del segundo párrafo del Anexo II del Acuerdo de Gobierno de 28 de noviembre de 2016 (FOD 19).

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda al Convenio de 30 de diciembre de 2016,

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto de la Adenda.

La presente Adenda tiene por objeto hacer efectiva la aportación financiera de las anualidades 2017 a 2019 de la asignación de FDCAN para el desarrollo del Proyecto Modelos de Gestión Inteligente en I+D+i Servicios tecnológicos universitarios para contribuir al desarrollo económico y social de Canarias (M3IDi-SUDEySCAN) la modificación de las cláusulas segunda y quinta así como precisar el alcance de las obligaciones de publicidad respecto de la anualidad 2016.

Segunda.- Aportación financiera para las anualidades 2017 a 2019.

1. La Consejería de Hacienda aportará a la Universidad de La Laguna los siguientes importes asignados con cargo a FDCAN para el Proyecto Modelos de Gestión Inteligente en I+D+i Servicios tecnológicos universitarios para contribuir al desarrollo económico y social de Canarias (M3IDi-SUDEySCAN):

1.500.000 euros para la anualidad 2017.

1.500.000 euros para la anualidad 2018.

1.000.000 euros para la anualidad 2019.

2. La aportación de la Consejería de Hacienda se realiza con cargo a recursos del FDCAN, con imputación a la aplicación presupuestaria 19.01.943A.746.00 177G0042 Programas y Proyectos FDCAN.

Tercera.- Forma de abono de las anualidades 2017 a 2019.

El abono de la aportación financiera de las anualidades 2017 a 2019 se realizará de la siguiente manera:

- Tras la firma de la presente Adenda se librará, con carácter anticipado, el 100% de la anualidad FDCAN correspondiente a 2017.

- En el primer trimestre de la anualidad 2018 y 2019 se podrá librar, con carácter anticipado, hasta el 100% del importe de la anualidad FDCAN correspondiente, siempre que se hubieran justificado, de acuerdo con las condiciones establecidas, los abonos anticipados cuyo plazo de justificación hubiera vencido.

- En defecto de abono anticipado, el mismo se realizará previa justificación.

Cuarta.- Modificación de la cláusula segunda del Convenio.

Se modifica el último párrafo de la cláusula segunda que queda con la siguiente redacción:

La distribución por anualidades establecida en el Programa es inalterable, por lo que los recursos asignados de una anualidad que no se utilicen en el plazo de realización de la misma, no se incorporarán a las anualidades posteriores.

Quinta.- Modificación del apartado 1 de la cláusula quinta del Convenio.

Se modifica el apartado 1 de la cláusula quinta que queda con la siguiente redacción:

1. La aplicación de los fondos y plazos de justificación de las anualidades 2017 a 2019 se sujetará a lo siguiente:

a) En la anualidad 2017, la aplicación de los fondos comprenderá desde el 1 de enero 2017 hasta el 31 de julio de 2018 y se justificará por la Universidad antes del 31 de octubre de 2018.

b) En la anualidad 2018, la aplicación de los fondos comprenderá desde el 1 de enero 2018 hasta el 31 de julio 2019 y se justificará por la Universidad antes del 31 de octubre de 2019.

c) En la anualidad 2019, la aplicación de los fondos comprenderá desde el 1 de enero 2019 hasta la fecha de la justificación que se realizará antes del 31 de diciembre de 2019.

Sexta.- Obligaciones de publicidad respecto a la anualidad 2016.

Las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el primer párrafo de la cláusula séptima del Convenio se entenderán exigibles, en el caso de la anualidad 2016, a partir del 1 de enero de 2017.

Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman la presente Adenda, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado.- Por el Gobierno de Canarias, Rosa Dávila Mamely, Consejera de Hacienda.- Por la Universidad de La Laguna, Antonio Martinón Cejas, Rector.

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