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BOC Nº 78. Lunes 24 de Abril de 2017 - 1960

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria

1960 EDICTO de 22 de diciembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000439/2016.

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BOC-A-2017-078-1960. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Yolanda Almagro García, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario nº 439/2016 seguidos ante este Juzgado, entre partes de una demandante:

D. Eduardo Hilario Perdomo Herrera representado por la Procuradora Sra. Dña. Juana Delia Hernández Déniz y asistido por el Letrado Sr. D. Francisco Palero Gómez y de otra como demandado:

Patalavaca Beach 2000, S.L., sin Letrado ni Procurador, sobre resolución de contrato de compraventa y;

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Dña. Juana Delia Hernández Déniz en nombre y representación de D. Eduardo Hilario Perdomo Herrera contra Patalavaca Beach 2000, S.L., debo condenar a esta.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Patalavaca Beach 2000, S.L., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de diciembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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