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BOC Nº 74. Martes 18 de Abril de 2017 - 1841

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Hacienda

1841 Secretaría General Técnica.- Resolución de 6 de abril de 2017, por la que se dispone la publicación de la Adenda Primera de aportación financiera para 2017 y modificación al Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Firgas para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN, suscrito el 30 de diciembre de 2016.

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BOC-A-2017-074-1841. Firma electrónica - Descargar

Suscrita con fecha 29 de marzo de 2017, Adenda Primera de aportación financiera para 2017 y modificación al Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Firgas para el desarrollo de proyectos en el Marco del FDCAN, suscrito el 30 de diciembre de 2016.

Visto el artículo 13.1 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la mencionada Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2017.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Solórzano Hernández.

A N E X O

ADENDA PRIMERA DE APORTACIÓN FINANCIERA PARA 2017 Y MODIFICACIÓN AL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE FIRGAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN EL MARCO DEL FDCAN, SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2016.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2017.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Rosa Dávila Mamely, Consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias.

De otra parte, el Sr. D. Manuel del Rosario Báez Guerra, con DNI nº 42761772B, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Firgas, con CIF nº P3500800B, con domicilio en Plaza San Roque, nº 1, en nombre y representación de dicha Entidad Local, en virtud de acuerdo de Pleno Municipal celebrado el día trece de junio de dos mil quince.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente documento y en ese sentido,

EXPONEN

Primero.- El día 30 de diciembre de 2016, se formalizó el Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Ayuntamiento de Firgas para el desarrollo de proyectos en el marco del FDCAN con el objeto de instrumentar la financiación del Proyecto Plan de Tratamiento de Oxidación de Manganeso y Proyecto Infraestructura Plaza San Roque publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 31, de 14 de febrero de 2017.

Segundo.- Los proyectos seleccionados, recursos asignados y porcentaje de financiación con cargo al FDCAN, en los términos del Acuerdo de Gobierno de 23 de diciembre de 2016, se incorporaron como Anexo I al Convenio.

La cláusula tercera del Convenio establece, en relación a las obligaciones de la Consejería de Hacienda, que los compromisos financieros para la anualidad 2017 por importe de 487.792,44 euros y 166.396,81 euros, para sendos proyectos requerirán la suscripción de Adenda previa tramitación del expediente económico correspondiente con cargo a recursos del FDCAN y con las demás condiciones de financiación a que se refiere la cláusula cuarta.

Tercero.- Mediante Acuerdo de Gobierno de fecha 27 de marzo de 2017, se autorizaron las Adendas de los Convenios a suscribir con las corporaciones locales beneficiarias de la distribución del FDCAN para instrumentar la financiación de las actuaciones contenidas en el Acuerdo de Gobierno de 23 de diciembre de 2016. Asimismo se autorizó el gasto plurianual y las subvenciones de cuantía superior a ciento cincuenta mil euros que se instrumenten para ejecutar el acuerdo de la distribución del Fondo de Desarrollo de Canarias.

Cuarto.- Mediante Acuerdo de Gobierno de 20 de marzo de 2017, se modifican los plazos de realización y justificación de la aplicación de los fondos para las anualidades 2016 y 2017. También se cambia la redacción del segundo párrafo del Anexo II del Acuerdo de Gobierno de 28 de noviembre de 2016 (FOD 19).

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda al Convenio de 30 de diciembre de 2016, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto de la Adenda.

La presente Adenda tiene por objeto hacer efectiva la aportación financiera de la anualidad 2017 de la asignación de FDCAN para el desarrollo del Proyecto Plan de Tratamiento de Oxidación de Manganeso y Proyecto Infraestructura Plaza San Roque, la modificación de las cláusulas segunda, quinta y décima así como precisar el alcance de las obligaciones de publicidad respecto de la anualidad 2016.

Segunda.- Aportación financiera para la anualidad 2017.

1. La Consejería de Hacienda aportará al Ayuntamiento de Firgas los siguientes importes asignados con cargo a FDCAN para el Proyecto Plan de Tratamiento de Oxidación de Manganeso y Proyecto Infraestructura Plaza San Roque:

Plan de Tratamiento de Oxidación de Manganeso: 487.792,44 euros para la anualidad 2017.

Infraestructura Plaza San Roque: 166.396,81 euros para la anualidad 2017.

2. La aportación de la Consejería de Hacienda se realiza con cargo a recursos del FDCAN, con imputación a la aplicación presupuestaria 19.01.943A.750.00 177G0042 Programas y Proyectos FDCAN.

Tercera.- Forma de abono de la anualidad 2017.

Tras la firma de la presente Adenda se librará, con carácter anticipado, el 100% de la anualidad FDCAN correspondiente a 2017.

Cuarta.- Modificación de la cláusula segunda del Convenio.

Se modifica el último párrafo de la cláusula segunda que queda con la siguiente redacción:

La distribución por anualidades establecida en el proyecto es inalterable, por lo que los recursos asignados de una anualidad que no se utilicen en el plazo de realización de la misma, no se incorporarán a las anualidades posteriores.

Quinta.- Modificación del apartado 1 de la cláusula quinta del Convenio.

Se modifica el apartado 1 de la cláusula quinta que queda con la siguiente redacción:

1. La aplicación de los fondos de la anualidad 2017 comprenderá desde el 1 de enero 2017 hasta el 31 de julio de 2018 y la justificación se realizará antes del 31 de octubre de 2018.

Sexta.- Modificación de la cláusula décima del Convenio.

Se modifica la cláusula décima del Convenio que queda con la siguiente redacción:

El presente Convenio surtirá efectos desde su firma teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018, pudiendo ser prorrogado al vencimiento de dicho plazo por acuerdo expreso de las partes.

Séptima.- Obligaciones de Publicidad respecto a la anualidad 2016.

Las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el primer párrafo de la cláusula séptima del Convenio se entenderán exigibles, en el caso de la anualidad 2016, a partir del 1 de enero de 2017.

Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman la presente Adenda, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado.- Por el Gobierno de Canarias, Rosa Dávila Mamely, Consejera de Hacienda.- Por el Ayuntamiento de Firgas, Manuel del Rosario Báez Guerra, Alcalde Presidente.

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