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BOC Nº 72. Miércoles 12 de Abril de 2017 - 1779

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

1779 EDICTO de 9 de marzo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 0000012/2015.

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BOC-A-2017-072-1779. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Cristo Jonay Pérez Riverol, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA"

En Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 2017.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrada-Juez de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000012/2015 seguido entre partes, de una como demandante Insular Canarias de Bebidas, S.A.U., dirigido por el Letrado D. José Manuel Melián Monzón y representado por el Procurador D. Javier Hernández Berrocal y de otra como demandada Bambú Inversiones, S.L., Jorge Luis Torres Rodríguez y Alejandro Lorenzo Camacho, sobre Sociedades de r. limitada.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Javier Hernández Berrocal en nombre de Insular Canarias de Bebidas, S.A.U., debo declarar y declaro que el contrato de compra y promoción que había venido vinculando a las partes (documento 3), fue debida y legalmente resuelto por el actor, condenando solidariamente a la entidad Bambú Inversiones, S.L. y a D. Jorge Luis Torres Rodríguez y D. Alejandro Lorenzo Camacho a satisfacer al actor la cantidad reclamada de 18.155,50 euros, más los intereses, al tipo legal de interés del dinero, a computar desde la fecha de 27 de octubre de 2014, y con expresa condena en costas a los demandados en régimen de solidaridad.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn).

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido de la entidad Mercantil Bambú Inversiones, S.L., y sus administradores Jorge Luis Torres Rodríguez y Alejandro Lorenzo Camacho, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de marzo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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