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BOC Nº 46. Martes 7 de Marzo de 2017 - 1065

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

1065 ORDEN de 23 de febrero de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento para los ejercicios 2017, 2018 y 2019.

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BOC-A-2017-046-1065. Firma electrónica - Descargar

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica, la obligación de las Administraciones Públicas de concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, con carácter previo al establecimiento de las mismas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Esta misma exigencia se recoge en el artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, que determina que deberá aprobarse un Plan Estratégico por Departamento, que abarcará con carácter general, las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados. Dicho plan deberá estar aprobado, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 9 de dicho Decreto, con carácter previo al inicio del procedimiento para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones.

La Disposición adicional decimotercera de la Ley General de Subvenciones determina que los planes y programas sectoriales relativos a políticas públicas sectoriales que estén previstos en normas legales o reglamentarias, tendrán la consideración de planes estratégicos de subvenciones de los regulados en el apartado 1 del artículo 8 de la Ley, siempre que recojan el contenido previsto en el citado apartado. En el mismo sentido, el artículo 6, apartado 3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que los planes y programas sectoriales, tendrán la consideración de planes estratégicos de subvenciones, siempre que recojan el contenido del artículo siguiente, esto es de su artículo 7. Estos presupuestos se cumplen en relación con las subvenciones financiadas o cofinanciadas con Fondos Europeos y reguladas en el Programa de Desarrollo Rural para la región de Canarias y en el Programa Operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, para el periodo 2014-2020.

No obstante lo anterior, y con el ánimo de proporcionar a la ciudadanía la máxima información respecto a las subvenciones que tramita y concede este Departamento, se considera conveniente incorporar en el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2017-2019, a título meramente informativo, las subvenciones financiadas o cofinanciadas con fondos europeos que cuentan con consignación en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, concretamente las previstas en el Programa de Desarrollo Rural para la región de Canarias y en el Programa Operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, para el periodo 2014-2020, que cuentan con consignación en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Igualmente y por el mismo motivo expuesto en el apartado anterior, interesa incorporar al referido Plan, a título también meramente informativo, las subvenciones cuyas bases reguladoras las aprueba la Administración General del Estado, en aplicación del artículo 149.1.13 de la Constitución Española, y que convoca y concede a este Departamento.

Se incorpora en la misma Orden, por razones de simplificación, las memorias explicativas de los objetivos, los costes de realización y las fuentes de financiación de determinadas subvenciones, en los términos previstos en el artículo 7, apartado 2, letra b) del Decreto 36/2009, habida cuenta de su escasa relevancia económica o su condición de subvención directa.

Asimismo y con el fin de dotar de homogeneidad a los periodos de vigencia de las memorias explicativas se aprueba una nueva memoria de las subvenciones destinadas al sacrificio obligatorio de animales previstas en la Orden de 11 de enero de 2012 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, y se deja sin efecto la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 1 de enero de 2015, que aprobó la actual memoria de dichas subvenciones para el periodo 2015-2017.

Finalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.1, letra a), de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública la presente Orden se debe publicar en el Boletín Oficial de Canarias.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en uso de las facultades que tengo legalmente atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, cuyo contenido se recoge en el Anexo I a esta Orden.

Segundo.- Aprobar las memorias explicativas, para los ejercicios 2017, 2018 y 2019, de determinadas subvenciones en los términos recogidos en el Anexo II de esta Orden.

Tercero.- Incorporar en el Anexo III las subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural para la región de Canarias y en el Programa Operativo para España del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, para el periodo 2014-2020.

Cuarto.- Incorporar en el Anexo IV de esta Orden las subvenciones cuyas bases reguladoras las aprueba la Administración General del Estado, y que convoca y concede este Departamento.

Quinto.- Dejar sin efecto la Orden de 1 de enero de 2015, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueba la memoria explicativa de los objetivos, costes de realización y fuentes de financiación, de las subvenciones destinadas al sacrificio obligatorio de animales previstas en la Orden de 11 de enero de 2012, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas al sacrificio obligatorio de animales.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2017.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Narvay Quintero Castañeda.

Ver anexo en las páginas 6116-6149 del documento Descargar

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