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BOC Nº 39. Viernes 24 de Febrero de 2017 - 891

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

891 Secretaría General.- Resolución de 15 de febrero de 2017, por la que se delega la competencia para la contratación de los servicios de mantenimiento, vigilancia y seguridad de la Residencia Oficial del Presidente del Gobierno en Las Palmas de Gran Canaria.

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BOC-A-2017-039-891. Firma electrónica - Descargar

En aplicación del artículo 8.3 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde a la Presidencia del Gobierno la administración, conservación, vigilancia, representación y defensa de los bienes demaniales y de los patrimoniales que le hayan sido adscritos, siendo de su competencia, asimismo, las demás actuaciones que requiera su correcto uso y administración, sin perjuicio de que tales competencias puedan ser ejercidas, con carácter subsidiario, por la consejería competente en materia de hacienda.

Al amparo de dicho precepto se dictó por esta Secretaría, Resolución de 15 de noviembre de 2016, por la que se delega la competencia para la contratación de las obras de reposición y conservación de los inmuebles de la Presidencia del Gobierno en la Dirección General de Patrimonio y Contratación.

La Residencia oficial del Presidente en Las Palmas de Gran Canaria requiere para su mejor mantenimiento, la delegación no solo de las obras de reposición y conservación, sino también de aquellos servicios de mantenimiento, vigilancia y seguridad.

El artículo 51.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, determina que los órganos de contratación podrán delegar sus competencias en esta materia, con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso, mientras que el artículo 4.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, establece que, sin perjuicio de que la delegación disponga otra cosa, la facultad para celebrar contratos lleva implícita la de aprobación del proyecto, la de aprobación de los pliegos, la de adjudicación del contrato, la de formalización del mismo y la de las restantes facultades.

Considerando lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en orden a lograr una gestión acorde con los principios de eficacia y eficiencia,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, de la Consejería de Hacienda, la competencia para la contratación de los servicios de mantenimiento, vigilancia y seguridad de la Residencia Oficial del Presidente del Gobierno en Las Palmas de Gran Canaria.

La presente delegación conlleva, asimismo, la del ejercicio de las competencias inherentes a la gestión de los créditos necesarios para celebrar los contratos.

Segundo.- La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2017.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.

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