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BOC-A-2017-029-646.
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En uso de las facultades que me confiere la vigente Ley de Bases de Régimen Local y disposiciones complementarias que la desarrollan; Visto el Decreto nº 37/15, de fecha 23 de junio de 2015, sobre delegación de competencias del Excmo. Sr. Presiente de esta Corporación Insular en los Consejeros titulares de cada una de las Consejerías de Gobierno o de Área.
Vista la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, y demás normativa concordante y aplicable en esta materia, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Vista la Resolución de 24 de agosto de 1988, de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias, por la que se incoa expediente de declaración de Zona Arqueológica, Bien de Interés Cultural, a favor de "Las Fortalezas", en Santa Lucía de Tirajana, así como su posterior publicación en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 23 de enero de 1989.
Visto el Decreto 60/1988, de 12 de abril, de traspaso de funciones y servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico artístico insular.
Visto que con fecha 19 de agosto de 1992, la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias, remite conforme a lo dispuesto en el artículo 4.3.a) del Decreto 60/1988, de 12 de abril, el expediente arriba referenciado.
Visto que, el expediente BIC 15/1988 "Las Fortalezas", ha sido tramitado conforme a las exigencias legales establecidas en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y al Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y resultando pendiente su remisión al Gobierno de Canarias para su declaración.
Visto el informe técnico de fecha 21 de diciembre de 2016, elaborado por el Inspector del Patrimonio Histórico de este Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico, D. Carlos Santana Jubells, por el que se procede a la revisión del expediente BIC 15/1998 "Las Fortalezas", justificando tal actuación en que la descripción, justificación para la declaración y definición geográfica del área propuesta para la declaración es excesivamente laxa para la importancia histórico-cultural de la zona arqueológica.
A la vista de los antecedentes anteriormente reseñados, cuya justificación documental obra en el expediente en aras de motivar la misma,
D I S P O N G O:
Primero y único.- Modificar el anexo de la Resolución de 24 de agosto de 1988, de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias, por la que se incoa expediente de declaración de Zona Arqueológica, Bien de Interés Cultural, a favor de "Las Fortalezas", en Santa Lucía de Tirajana, resultando el mismo, tal y como a continuación se transcribe en el anexo que acompaña al presente Decreto.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, de todo lo cual como Titular Accidental del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular, y en ejecución de lo previsto en la Disposición adicional octava d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, doy fe.- El Presidente, p.d. (Decreto nº 37, de 23.6.15), el Consejero de Gobierno de Cultura, Carlos Ruiz Moreno.- Por el Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular, la Titular Accidental o el Jefe de Sección Delegado (Decreto nº 96, de 13.12.16), Eduardo Suárez Rancel.
Ver anexo en las páginas 3034-3040 del documento Descargar
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