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BOC Nº 25. Lunes 6 de Febrero de 2017 - 562

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

562 Viceconsejería de Medio Ambiente.- Resolución de 24 de mayo de 2016, por la que se emite informe de impacto ambiental en relación con el proyecto denominado "Recuperadora de Residuos Metalúrgicos y Centro CAT", promovido por la entidad Recuperadora Guacimara, S.L. y ubicado en calle Artenara, nº 12, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria.- Expte. 2016/0922.

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BOC-A-2017-025-562. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

1º) Con fecha 13 de noviembre de 2015, se inicia expediente promovido por Recuperadora Guacimara, S.L., relativo a la autorización de instalaciones de tratamiento de residuos peligrosos (expediente 2015/10167) ubicada en la calle Artenara, nº 12, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, acompañándose del proyecto denominado Recuperadora de Residuos Metalúrgicos y Centro CAT y el documento ambiental con el contenido exigido por la normativa vigente en la materia. La actividad está sometida a Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada.

2º) Por parte de esta Viceconsejería de Medio Ambiente, y según lo previsto en el artículo 35.d) de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, se ha llevado a cabo el trámite de consultas a las administraciones públicas y a las personas interesadas, concretamente al Cabildo de Gran Canaria, Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y Federación Ecologista Ben Magec, haciéndose por su parte las siguientes consideraciones:

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria resuelve textualmente: "Informar favorablemente la coherencia con las condiciones de protección del medio ambiente y la compatibilidad urbanística del Documento Ambiental del Proyecto para una "Recuperadora de residuos metalúrgicos y centro CAT", en la calle Artenara, 12, Polígono Industrial Las Torres-Lomo Blanco, en esta ciudad, de conformidad con lo expuesto en el informe técnico adscrito."

CONSIDERACIONES TÉCNICAS

Primera.- Se trata de una instalación de tratamiento de residuos peligrosos, con la siguiente capacidad de tratamiento y ubicación:

DIRECCIÓN DE LAS INSTALACIONES:

Calle Artenara, nº 12.

Pol. Industrial del Lomo Blanco.

35010-Las Palmas de Gran Canaria.

COORDENADAS GEOGRÁFICAS:

Latitud: 28º 06' 21.68'' N.

Longitud:15º 27' 19.98'' O.

OPERACIONES DE TRATAMIENTO:

CENTRO CAT:

R12 (Descontaminación y desmontaje de VFU: 5 vehículos diarios; y acondicionamiento de repuestos para reutilización).

R13 (Recepción de VFU: 2 vehículos; y almacenamiento de residuos obtenidos: 10 t).

RECUPERACIONES METALÚRGICAS:

R12 (fragmentación de materiales férricos mediante métodos manuales y compactación 13,6 t/día).

R13 (almacenamiento de residuos obtenidos en superficie de 550 m2).

Segunda.- La ubicación de las instalaciones de tratamiento de residuos no afecta a ningún lugar incluido dentro de la Red Natura 2000, de la Red Canaria de Espacio Naturales Protegidos, ni a zonas declaradas Áreas de Sensibilidad Ecológica. Asimismo, no se detecta la presencia de ninguna especie o ecosistema protegido en la zona cercana a las instalaciones.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- En el presente procedimiento resulta de aplicación la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Segundo.- La instalación objeto de este expediente se somete al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada en aplicación del artículo 23.2 de la Ley 14/2014, por ser uno de los proyectos incluidos en el Anexo II, grupo 9, apartado d), de dicha Ley.

Tercero.- Según dispone el artículo 23.3 de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, modificado por la Ley 9/2015, de 27 de abril, el órgano ambiental competente para la evaluación de impacto ambiental, será la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC).

Mediante Acuerdo de la COTMAC, de 2 de octubre de 2015, se delega en la Viceconsejería de Medio Ambiente la competencia que corresponde a la COTMAC para emitir los Informes de Impacto Ambiental.

En su virtud, se propone resolver

Primero.- Emitir por delegación Informe de Impacto Ambiental sobre el proyecto denominado «Recuperadora de Residuos Metalúrgicos y Centro CAT», determinándose que el mismo no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no deberá someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Segundo.- Notificar el presente informe de impacto ambiental al interesado.

Tercero.- Publicar la presente resolución Boletín Oficial de Canarias, y en la sede electrónica de la Viceconsejería de Medio Ambiente.- La Directora General de Protección de la Naturaleza, Sinesia María Medina Ramos.

CONFORME SE PROPONE, RESUÉLVASE

La presente Resolución no será objeto de recurso administrativo alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial contencioso-administrativa frente al acto de aprobación del proyecto o frente a la declaración responsable o la comunicación previa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2016.- La Viceconsejera de Medio Ambiente (p.d., Acuerdo de la COTMAC de 2.10.15), Blanca Delia Pérez Delgado.

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