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BOC-A-2017-019-399.
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La Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, establece en su artículo 54 que la contratación de personal laboral temporal para prestar servicio en las Escuelas de Capacitación Agraria y en los Institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquera de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, requerirá la autorización del titular del Departamento.
Razones de índole técnica y al corresponder a la Secretaria General Técnica del Departamento, la selección y contratación del personal laboral temporal, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.b) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Agua, aprobado por Decreto 40/2012, de 17 de mayo, aconsejan la delegación en aquella de la autorización atribuida al titular del Departamento por el artículo 54 antes citado.
En aplicación de lo dispuesto en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en la Secretaria General Técnica del Departamento, la autorización para contratar personal laboral temporal para prestar servicio en las Escuelas de Capacitación Agraria e Institutos de Formación Profesional Marítimo-Pesquera, prevista, para determinados supuestos, en el artículo 54 de la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017.
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 2017.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
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