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BOC Nº 16. Martes 24 de Enero de 2017 - 314

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejo Consultivo de Canarias

314 RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2016, de la Presidencia, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación de puesto de trabajo.

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BOC-A-2017-016-314. Firma electrónica - Descargar

Considerando que por Acuerdo de 1 de diciembre de 2016, del Pleno, se aprobó la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo de Canarias, que afectaba entre otros puestos al puesto nº 6, cuya forma de provisión es de libre designación.

Considerando las facultades que otorga a la Presidencia el artº. 30.1.i) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Consultivo de Canarias, aprobado por Decreto 181/2005, de 26 de julio.

Considerando lo dispuesto en el artº. 1.2 de la Ley 5/2002, de 3 de junio, que atribuye a este Consejo Consultivo autonomía orgánica y funcional,

R E S U E L V O:

Anunciar convocatoria pública para la provisión por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que figura en el Anexo I, y que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación.

Primera.- Podrá participar el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos exigidos para su desempeño que se especifican en el Anexo I, según la vigente relación de puestos de trabajo.

Segunda.- Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión, ajustadas al modelo que se inserta como Anexo II, se dirigirán a este Consejo Consultivo, sito en la calle San Agustín, nº 16, de San Cristóbal de La Laguna, y habrán de presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo, podrán presentarse las solicitudes en la forma prevista en el artº. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (en vigor, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Tercera.- Además de los datos previstos en el indicado modelo, los aspirantes harán constar en la solicitud su currículum vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo al que pertenece, el Grupo en el que el mismo se hallase clasificado, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando documentación fehaciente de las circunstancias y méritos.

Cuarta.- La presente convocatoria, que se resolverá por Resolución del Excmo. Sr. Presidente del Consejo Consultivo, a propuesta del Letrado Mayor y oído el Pleno, será publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinta.- Se declarará por el Excmo. Sr. Presidente el Consejo Consultivo desierta la presente convocatoria si no concurre a la misma aspirante alguno o cuando los que concurran no reúnan los requisitos establecidos en la misma.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los/las interesados/interesadas recurso potestativo de reposición, ante esta Institución, en el plazo de un mes, conforme disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife o ante el Juzgado de lo Contencioso en cuya circunscripción tengan su domicilio los recurrentes. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponer.

La Laguna, a 29 de diciembre de 2016.- El Presidente, Carlos Millán Hernández.

Ver anexo en las páginas 1327-1329 del documento Descargar

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