Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 10. Lunes 16 de Enero de 2017 - 194

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

194 EDICTO de 27 de septiembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000656/2015.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 231.29 Kb.
BOC-A-2017-010-194. Firma electrónica - Descargar

D. David García Muñoz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 5 de abril de 2016.

Vistos por Dña. María de los Ángeles Antón Padilla, Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Arona, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos bajo el nº 656/2015, y en los que figuran, como demandante Comunidad de Propietarios del Edificio Las Vistas, representado por el Procurador don José Antonio Campanario Melián y asistida por el Letrado D. Quehebi David Henríquez Hernández, dirigiendo demanda contra D. José Luis González González declarado en rebeldía procesal, siendo que versan los presentes sobre reclamación de cantidad,

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda formulada por la demandante Comunidad de Propietarios del Edificio Las Vistas contra D. José Luis González González, en rebeldía procesal, y en consecuencia:

1.- Condeno a la demandada a que abone a la parte actora la cantidad de cuatro mil ochocientos ochenta y ocho euros con sesenta céntimos (4.888,60 euros), en concepto de deudas a la Comunidad, con más los intereses legales correspondientes de dicha cantidad que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta su completo pago. Así como al pago de las cantidades que se vayan devengando por el mismo concepto de gastos y cuotas de la Comunidad.

2.- Condeno al demandado al pago de todas las costas de esta instancia.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado, y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

Insértese este original en el legajo correspondiente, testimoniándose en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública por la Sra. Jueza que la dictó y firma, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. José Luis González González, expido y libro el presente en Arona, a 27 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias