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BOC-A-2017-008-167.
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Examinado el expediente tramitado para la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.
Considerando justificada la modificación puntual que tiene por objeto adecuar la estructura de determinadas unidades del Departamento tras su creación mediante Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, y concreción de las mismas mediante Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
Asimismo, se propone con objeto de materializar las Órdenes de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 4 de noviembre y 30 de diciembre de 2015 relativas a la adscripción de puestos de trabajo y medios personales provenientes de otros departamentos; así como los Acuerdos de Gobierno de 6 de agosto y 30 de noviembre de 2015.
Vistos los artículos 5, 6, 15, 16 y 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás disposiciones vigentes de aplicación.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad y a propuesta conjunta de las Consejeras de Presidencia, Justicia e Igualdad y de Hacienda y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2016,
D I S P O N G O:
Único.- Modificar puntualmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, en los siguientes términos:
Anexo I: puestos de nueva creación.
Anexo II: puestos suprimidos.
Anexo III: puestos modificados.
Anexo IV: puestos traspasados a otros departamentos u organismos autónomos.
Anexo V: puestos procedentes de otros departamentos u organismos autónomos.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de diciembre de 2016.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, LA CONSEJERA
JUSTICIA E IGUALDAD, DE HACIENDA,
por suplencia (Decreto 134/2016, de Rosa Dávila Mamely.
23 de diciembre, del Presidente),
LA CONSEJERA
DE HACIENDA,
Rosa Dávila Mamely.
Ver anexo en las páginas 848-879 del documento Descargar
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