Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 4. Jueves 5 de Enero de 2017 - 99

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Consejería de Obras Públicas y Transportes

99 Dirección General de Transportes.- Anuncio de 29 de diciembre de 2016, por el que se somete a consulta pública previa la Orden que regula las condiciones del funcionamiento del equipamiento técnico de los vehículos destinados al servicio de taxi en Canarias.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 227.02 Kb.
BOC-A-2017-004-99. Firma electrónica - Descargar

La Dirección General de Transportes pretende llevar a cabo una consulta pública respecto de la Orden por la que se regulan las condiciones del funcionamiento del equipamiento técnico de los vehículos destinados al servicio de taxi en Canarias con el fin de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma; de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1, del artículo 133, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre) y la Ley 5/2010, de 21 de junio, Canaria de Fomento a la Participación Ciudadana (BOC nº 127, de 30 de junio), en relación con lo previsto en el Decreto 15/2016, de 11 de marzo, del Presidente, por el que se establecen las normas internas para la elaboración y tramitación de las iniciativas normativas del Gobierno y se aprueban las directrices sobre su forma y estructura (BOC nº 55, de 21 de marzo).

Quienes deseen realizar aportaciones a la mencionada iniciativa legislativa tienen a su disposición, en el Portal de Transparencia y en el portal web de la Consejería de Obras Públicas y Transportes (https://www.gobiernodecanarias.org/copt/), un informe claro y conciso acerca de:

1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa legislativa.

2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.

3. Los objetivos de la norma.

4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las aportaciones deberán presentarse, en su caso, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; de aplicación supletoria en virtud de la disposición final primera de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de diciembre de 2016.- El Director General de Transportes, Elías Castro Feliciano.

© Gobierno de Canarias