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BOC Nº 1. Lunes 2 de Enero de 2017 - 8

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana

8 EDICTO de 6 de julio de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000922/2015.

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BOC-A-2017-001-8. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. David Rodríguez López, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 5 de julio de 2016.

D. Carlos Suárez Ramos, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos del Juicio Verbal identificado con el nº 922/2015, promovido por don Desiderio Fernando Nieto Fabra, representado por doña Gloria Mora Lama y asistido del letrado don Enrique Rodríguez Velázquez; dirigido contra Generación Isleña, S.L., en situación procesal de rebeldía; en nombre de Su Majestad El Rey, dicta la siguiente resolución:

Que, estimando la demanda interpuesta por don Desiderio Fernando Nieto Fabra contra Generación Isleña, S.L., condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de mil quinientos setenta y dos euros y noventa céntimos (1.572,90 euros), que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda. Se imponen a la demandada las costas del procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Contra esta sentencia no cabe la interposición de recurso, conforme a la nueva redacción del artº. 455 dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, según la cual no cabe apelación en los juicios verbales de cuantía inferior a 3.000 euros.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, D. Carlos Suárez Ramos, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de San Bartolomé de Tirajana.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Generación Isleña, S.L., expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 6 de julio de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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