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BOC-A-2016-243-4697.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda formulada por los demandantes Admiinstración de Fincas Castillo, S.L. y D. Carlos Rey Domínguez, representados por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Rodríguez López, contra los demandados D. Florindo García de Torres y D. Cándido García Sabina, representados por el Procurador de los Tribunales D. Francisco José Gómez Afonso, y los desconocidos e ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle Febles Campos nº 32, 1º izqda., de esta ciudad, de las circunstancias personales que constan en autos:
Primero.- Declaro que no procede la resolución del contrato arrendamiento de fecha 1 de julio de 1969 de la vivienda sita en calle Febles Campos nº 32, 1º izquierda, por no estimarse que concurra el subarriendo o cesión denunciados.
Segundo.- Declaro que no procede la condena de los demandados al desalojo de la indicada vivienda y a su puesta a disposición del actor.
Tercero.- Condeno a los demandantes al pago de las costas de esta instancia.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.
Y como consecuencia del ignorado paradero de desconocidos ocupantes de la vivienda sita en Santa Cruz de Tenerife, calle Febles Campos 32, 1° izqda., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia.
En Santa Cruz de Tenerife, a 5 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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