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BOC Nº 241. Jueves 15 de Diciembre de 2016 - 4650

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

4650 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 5 de diciembre de 2016, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de noviembre de 2016, que toma conocimiento de la Sentencia firme de 5 de abril de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima el recurso contencioso-administrativo nº 165/2014.

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BOC-A-2016-241-4650. Firma electrónica - Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de noviembre de 2016, por el que se toma conocimiento de la Sentencia firme de fecha 5 de abril de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima el recurso contencioso-administrativo nº 165/2014, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 2016.- El Director General de Ordenación del Territorio, Pedro Afonso Padrón.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de noviembre de 2016, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia firme de 5 de abril de 2016, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que estima el recurso contencioso-administrativo 165/2014, interpuesto por José Fernández González, contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 30 de junio de 2014, de aprobación definitiva del Plan General de Ordenación de Tegueste, anulando la determinación urbanística que introduce el espacio libre o zona verde denominado PA-07-015 EL-VD sobre una de las parcelas resultantes de la finca litigiosa, parcela destinada a calle o vial, y se declara conforme a derecho el contenido urbanístico de la licencia de parcelación concedida al actor para que despliegue sus efectos ejecutivos tal como fue aprobada. Con imposición de costas al Ayuntamiento de Tegueste limitadas en 2.000 euros por todos los conceptos considerando que se trata de un juicio de potestades y no una vulneración del ordenamiento.

Segundo.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Occidental para que proceda a identificar en el documento que obra en la Consejería los documentos afectados por el fallo de la sentencia con objeto de estampillar la correspondiente diligencia de nulidad.

Tercero.- Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Tegueste, a fin de que lleve la sentencia a puro y debido efecto.

Cuarto.- Notificar el Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Tegueste y a la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias.

Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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