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BOC Nº 240. Miércoles 14 de Diciembre de 2016 - 4632

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife

4632 EDICTO de 16 de marzo de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000400/2015.

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BOC-A-2016-240-4632. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Gema Margarita Calvo Solé, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a tres de marzo de dos mil dieciséis.

Vistos por mí, Dña. Gabriela Reverón González, Magistrado-Juez de Primera Instancia nº Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de Juicio ordinario nº 400/2015, promovidos por la entidad mercantil Grupo Compañía de la Islas Occidentales, representada por la procuradora Dña. María Corina Melián Carrillo, defendida por el letrado D. Manuel González Gutiérrez contra la herencia yacente e ignorados herederos de D. José Méndez Montañez, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda promovida por la entidad mercantil Grupo Compañía de la Islas Occidentales, representada por la procuradora Dña. María Corina Melián Carrillo, defendida por el letrado D. Manuel González Gutiérrez contra la herencia yacente e ignorados herederos de D. José Méndez Montañez, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro extinguido el contrato de arrendamiento litigioso suscrito en fecha 8 de agosto de 1970, sobre la vivienda sita en la calle San Martín, nº 91, piso 1º, vivienda 4, condenando a los demandados a dejar libre la citada finca y a disposición de la actora, con apercibimiento de que de no hacerlo así se procedería a su lanzamiento; y ello con expresa imposición de costas procesales a los demandados.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Méndez Montañez-Herederos, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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